Media jornada Por ser Madre

La empresa me a mandado un burofax poniéndome que por motivos económicos y organizativos de la misma mi nuevo horario sera de 4 h, de 14:00 a 18:00. (Actualmente es de 8:30 a 13:30 i 15 a 18) y yo aun estoy de permiso por maternidad que me finaliza el 1 de diciembre 2010. ¿Yo quiero coger media jornada por el cuidado de un hijo menor de ocho años pero no quiero aceptar la carta que me han enviado de media jornada porque no tengo los mismos derechos que puedo hacer? La empresa estapbligada ha darme media jornada por el cuidado del bebe si previamente me han enviado el burofax de recuccion de jornada eso es legal, ¿la puedo demandar? Muchísimas gracia¡ Seras de gran ayuda¡

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Si tu contrato es a tiempo completo, la empresa no puede cambiar el mismo por un contrato a tiempo parcial, si no media tu consentimiento por lo que en caso de que no te permitan seguir trabajando a jornada completa, tendrás que denunciar dicha modificación de tus condiciones de trabajo para que te devuelvan a tus condiciones anteriores de trabajo. El art. 12.4 e) del Estatuto de los trabajadores dice:
La conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo a tiempo parcial y viceversa tendrá siempre carácter voluntario para el trabajador y no se podrá imponer de forma unilateral o como consecuencia de una modificación sustancial de condiciones de trabajo al amparo de los dispuesto en la letra a del apartado 1 del artículo 41. El trabajador no podrá ser despedido ni sufrir ningún otro tipo de sanción o efecto perjudicial por el hecho de rechazar esta conversión, sin perjuicio de las medidas que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 52. C de esta Ley, puedan adoptarse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Así pues podrías hacerles saber por un burofax con acuse de recibo y certificación de texto que rechazas dicha modificación por ilegal y si aún así la empresa sigue adelante, reclamar ante la jurisdicción social la reposición a la situación anterior, todo ello en un plazo inferior a 20 días desde la efectividad de las medidas modificativas.
La parte negativa es que si la empresa demuestra la existencia de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen tu despido podría proceder a una amortización de tu puesto de trabajo con una indemnización de 20 días por año de servicio, salvo que se declare la improcedencia de dicho despido en cuyo caso y dependiendo del tipo de contrato sería de 33 días por año o de 45 días por año.
Te envío la dirección de mi blog particular con más información relacionada con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales, en el podrás encontrar una dirección de correo electrónico de contacto con mi despacho profesional:
Muchísimas gracias, la respuesta es excelente. Ahora con mi marido fuimos a un abogado y el se encargara de mandar un burofach de rechazo a esa petición, y iva a abrir un proceso judicial, esperando que la empresa tire para atrás su propuesta y me dejen hacer media jornada pero "con el matiz que es por cuidado por mi bebe" con todos los beneficios para mi. Mil gracias .
Me alegro que la respuesta haya sido satisfactoria no te olvides de puntuar la respuesta.

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