Condiciones excedencia laboral

Hola

Debido a los cambios sufridos en los últimos años, en cuanto a derechos laborales, me asaltan dudas acerca de la solicitud de una excedencia labora.

Me gustaría saber cuales son las condiciones para solicitarla, y que derechos tenemos los trabajadores (en mi caso con contrato indefinido). Prefiero tener las cosas claras, antes de comunicarlo a mi empresa, pues son un tanto especiales (a su favor), a la hora de tratar con los empleados.

También me gustaría saber el tiempo que se puede pedir, los motivos exigidos, si repercute esto a la hora de cobrar el subsidio por desempleo, etc.

gracias

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Holña que tal Mira:La excedencia voluntaria es aquella que solicita el propio trabajador a la empresa, de tal modo que el contrato de trabajo queda suspendido durante un determinado periodo de tiempo.
Habitualmente se suelen pedir estas excedencias por motivos personales, como emprender otra actividad profesional, estudios, cuidar a un familiar, etc. A diferencia de las excedencias forzosas o las que se piden para cuidar a un hijo, en las excedencias voluntarias el trabajador no tiene garantizada la reserva de su puesto de trabajo, sino un derecho preferente al reingreso cuando haya vacantes en un puesto de su categoría. Para solicitar la excedencia voluntaria el trabajador debe tener una antigüedad mínima de un año en la empresa y en la solicitud que haga al empresario se debe establecer claramente la duración de la excedencia, que será como mínimo de cuatro meses y como máximo de cinco años.
Durante el periodo en que el trabajador se encuentra en excedencia voluntaria, que pueden ser meses o años, puede trabajar para otras empresas, emprender negocios propios, etc y se planteará si puede acceder o no a las prestaciones por desempleo. A través de un ejemplo se puerdebn ver las distintas posibilidades.
Ana trabajaba como teleoperadora y pidió a su empresa una excedencia voluntaria de un año, desde el 1 de junio de 2012 al 1 de junio de 2013. La empresa se la concedió.
Un mes después de dejar el trabajo, Ana encontró empleo como traductora de inglés durante seis meses, terminándose este contrato el de enero de 2013.
¿Puede Ana pedir el paro tras el último contrato que ha finalizado?
Si, puede pedirlo. Cuando un trabajador está en excedencia voluntaria y tiene un nuevo contrato con otra empresa, puede pedir la prestación por desempleo cuando cese en este último trabajo. Lógicamente debe cumplir todos los requisitos para recibir cada prestación o subsidio: tener cotizaciones suficientes, haber perdido el empleo por causas ajenas a su voluntad ( fin de contrato, despido, etc). En el ejemplo, Ana podrá pedir el paro que le correspondiera tras la finalización del contrato de traductora. El tipo de prestación o
subsidio dependerá entre otras cosas de las cotizaciones por desempleo
que tenga acumuladas el trabajador, sus circunstancias personales, etc ( ver Guía de prestaciones). La duración de la prestacion por desempleo dependerá del tipo de prestación o subsidio que se le haya reconocido, pero ella únicamente podría cobrarlo hasta el día 1 de
junio de 2013, que es la fecha en la que en nuestro ejemplo se debe pedir la reincorporación a la empresa de telefonía.
En general la pregunta que se hacen muchos trabahjadores es ¿qué ocurre si la duración de la prestación por desempleo va más allá de la fecha de fin de la excedencia?
El trabajador cobrará la prestación hasta la fecha de finalización de la excedencia, por lo que a partir de ese momento el abono de la prestación se suspenderá, a la espera de que el trabajador solicite la reincorporación a la empresa y ésta le responda. Llegado el 1 de junio de 2013, Ana tiene que ponerse en contacto con su antigua empresa de telefonía, porque es la fecha en que termina la excedencia y pedir la reincorporación.
¿Qué pasaría si la empresa deniega la reincorporación por falta de vacante?
La trabajadora podrá seguir percibiendo la prestación por desempleo,
pero tiene que demostrar al Servicio Público de Empleo que ha solicitado
el reingreso en la empresa y que ésta no se lo ha permitido por no
disponer de vacantes en su puesto. Esto se hace aportando el documento
de la empresa en la que rechaza la posibilidad de la reincorporación.
Si tras pedir la excedencia voluntaria el trabajador no encuentra ningún empleo ¿puede pedir el paro?
Esto ocurriría si Ana, después de pedir su excedencia voluntaria en la empresa de telefonía, no lograse encontrar un nuevo trabajo. En estos casos no se puede pedir ninguna ayuda o prestación. Se considera que el trabajador no se encuentra en situación legal de desempleo, ya que ha perdido el trabajo por su propia voluntad. Da igual que tuviera anteriores cotizaciones acumuladas suficientes para pedir el paro. Tendrá que esperar a que termine su periodo de excedencia voluntaria y solicitar el reingreso, o bien encontrar un nuevo empleo y cuando éste termine, pedir el paro.

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