Me han comunicado verbalmente mi despido, ¿Existe obligación de un preaviso por escrito?

Tengo contrato indefinido desde hace 16 años, me despiden y no me lo han comunicado por escrito, ademas me han dicho que me coja las vacaciones que me correspondan para no pagármelas, ¿me pueden obligar a cogerlas? ¿Con cuánto tiempo han de avisarme? Tengo reducción de jornada por guarda legal, ¿cómo puedo luchar para demostrar que la empresa que alega causas objetivas no son tales, cuando le han concedido un prestamos personal por 120.000€? ¿Qué parte abona la empresa y que parte el fogasa? No me interesa el despido nulo pues el ambiente de trabajo seria insufrible, ¿hasta el ultimo momento puedo echarme atrás? ¿Lleva costas si no llegamos a Juicio? ¿Qué es exactamente el orecla?

Gracias por adelantado a esta batería de preguntas, pero es tal la indefensión y falta de información que sufrimos los trabajadores...

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En primer lugar debo decirle que la empresa no tiene que preavisarle si no quiere, pero en ese caso debe abonarle 15 días de preaviso o menos si lo hace con más antelación.

SI pueden obligarle a que disfrute de las vacaciones devengadas y no disfrutadas, puesto que la finalidad de las vacaciones es el disfrute de las mismas y sólo en casos excepcionales se pueden sustituir por el pago.

La empresa es la que ha de demostrar que existen las causas objetivas mediante una carta de despido lo suficientemente motivada.

La empresa debe abonarle el total de la indemnización salvo que se den una serie de circunstancias económicas negativas o la empresa se declare como insolvente por el Juzgado.

En los procedimientos laborales no se imponen costas por este motivo y tampoco hay tasas judiciales.

EL Orecla es el Organismo donde previamente a la presentación de la demanda por despido improcedente ha de presentar una papeleta de conciliación y celebrar un acto de conciliación con la empresa. En el caso de que no se llegue a un acuerdo en esa sede habrá que acudir a la vía judicial. (La papeleta y la demanda se deben presentar a la vez porque sólo hay 20 días para interponer la demanda desde que el despido se hace efectivo)

Si lo desea puedo llevar su caso, puede ponerse en contacto conmigo para ello en [email protected]

Me dicen que la empresa debe notificarme las vacaciones con dos meses de antelación, si me entregan la carta de despido en estos días, y no he disfrutado vacaciones me tienen que pagar las vacaciónes?

Cuando llegue el momento estudiaría la posibilidad de que me represente, si es posible pues vivo ebn Santander.

Me puede informar de honorarios?

Es lo que suele hacerse cuando hay un despido (aunque es la excepción como le he explicado antes) pero en cualquier caso o las disfruta o se las pagan.

Para darle mis honorarios necesito que me de una serie de datos (nóminas, contrato de trabajo, etc..) para ver que cantidad es la que se le reclamaría a la empresa y en función de eso le paso la hoja de encargo.

Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo en [email protected]

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