Me tienen que pagar mas por haberme cambiado la categoría de trabajo a una superior

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Como puedes consultar en el articulo 39 del ET el enlace que te dejo mas abajo, si la empresa te asigna un trabajo correspondiente a un grupo profesional ascendente o de mayor categoría de la que tienes reconocida en tu contrato de trabajo, la empresa tiene la obligación de pagarte el salario correspondiente al del grupo profesional ascendente o lo que es lo mismo, el de mayor categoría ademas, si las funciones correspondiente a el grupo superior las realizas durante 6 meses consecutivos u 8 durante dos años tienes derecho a que te asciendan a la categoría del grupo profesional de mayor categoría, salvo que el convenio colectivo establezca otras condiciones para el ascenso de categoría, pero el sueldo que tienes que cobrar mientras realices una actividad correspondiente a un grupo profesional ascendente, es el de la categoría ascendente y no el que venias cobrando anteriormente.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#c3s1

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