Categoría profesional inferior a la debida

Trabajo desde hace año y medio en una panadería como dependienta y haciendo pan, bollería, etc., incluso en ocasiones sustituyo a la encargada de la misma. En mi contrato dice que soy ayudante de dependiente. Mi pregunta es, ¿deberían de subirme de categoría?. Si es así, ¿Podría reclamar que me pagaran atrasos por este concepto?.

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En primer lugar tienes que ver las funciones que pone en tu convenio colectivo, si refleja con claridad que estas haciendo otras funciones distintas a las que te han contratado, en una categoría superior podrás reclamar a la empresa un cambio de categoría profesional.
Pero esto se suele hacer poniendo una demanda a la empresa por reconocimiento de categoría superior y se tiene que cumplir con unos requisitos que vienen en el convenio colectivo que te afecta o en su defecto en el articulo 39.3 del estatuto de los trabajadores. En este articulo se dice que si has hecho funciones superiores a las que te contrataron en un plazo de 6 meses en un año u 8 meses en 2 años podrás reclamar un ascenso.
Lo de los atrasos lo tendría que decidir el juez en el fallo de la sentencia.

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