Calculo indemnización

Hola:
Van a despedirme e indemnizarme con 45 días por año. Para calcularlo tengo duda sobre que concepto hay que aplicar de los siguientes: Retribución bruta, computable seguridad social, o base seguridad social (computable seguridad social más la prorrata de pagas extras).
Muchas gracias

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Debes calcularlo sobre la base cotización, es decir la base por la que cotizan por ti y aplican los tipos de cotización, teniendo en cuenta que ahí ya esta prorrateadas las pagas extras. Eso si siempre y cuando no llegues a los topes de cotización en dicho caso deberías tener en cuenta la suma de todos los conceptos retibuibles cotizables (es decir si tienes plus de transporte fuera del que fija el convenio o dietas u otros suplidos dichos conceptos no se tendrían en cuenta para calcular la indemnización), pero en general como regla más frecuente en la mayoría de los supuestos la base para calcular la indemnización es la que te he comentado, la base de cotización a la seguridad social.

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