Reclamación de cantidad a la empresa

Hace unos meses, mi empresa me despide alegando causas objetivas. Tras el juicio, previa demanda laboral, el juez dicta que si bien los hechos denunciados por la empresa no están demostrados, las acciones en sí, suponen una transgresión de la buena fe contractual, derivando en una desconfianza por parte del gerente, y por tanto no puede aceptar la reclamación de admisión a mi puesto de trabajo. El tema es que la empresa me despidió en su día, y después de unos meses sigue sin pagarme el finiquito. Mi pregunta es si para hacer una reclamación de cantidad puedo hacerlo personalmente en el juzgado de lo social o si debo buscarme un asesor laboral para tal fin... Y cuánto tiempo dispongo para ello desde la fecha del despido. Como es de suponer, la economía no está para tantos gastos.

Respuesta
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Si la empresa todavía no te a pagado si a habido un acto de conciliación o una demanda judicial tienes que presentarte en el juzgado de lo social de tu localidad para solicitar la ejecución de la sentencia que obliga a la empresa a abonarte la indemnización por despido objetivo, paro si no se a llegado ni al acto de conciliación ni a la demanda judicial tienes un año a partir de la fecha en la que te tenia que haber pagado la indemnización para interponer una demanda o papeleta de conciliación ante el SMAC por reclamación de cantidad o impago, y la demanda la puedes poner tu personalmente sin necesidad de recurrir a ningún abogado aunque yo te aconsejo que te presentes en el colegio de abogados ubicado en el juzgado de lo social de tu comunidad para solicitar uno de oficio pero ya te comento que la demanda la puedes poner tu personalmente y si en el acto previo de conciliación la empresa se niega a reconocer la deuda entonces tienes que poner una demanda en el juzgado de lo social para que sea una sentencia judicial ¡La que obligue a la empresa a pagarte la indemnización mas los intereses de mora.. Un salud.

Hola Josbian....

Quería que me aclarases una cosa. En su día pusimos una papeleta de conciliación ante el SMAC, recurriendo el despido, pero en ningún momento hicimos referencia a la cantidad que se me adeuda. Posteriormente fue el juicio, y como te comenté, el juez no admitió la readmisión por las causas detalladas anteriormente. Hoy en día está en suplicación.

Entonces, debo poner otra reclamación ante el SMAC por reclamación de cantidad o voy directamente ya al juzgado de lo social?

Un saludo, y muchas gracias por tu interés.

No se si te dije en tu anterior consulta que cuando la empresa te adeuda las nominas de dos o tres meses o algún retraso y no quieres seguir trabajando en esa empresa tienes que poner dos papeletas o demandas ante el SMAC una por reclamación de cantidad o impago y otra papeleta o demanda de conciliación solicitando la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento grave de las condiciones contractuales por parte del empresario y una de, los incumplimientos graves que recoge el ET es la falta de pago, así que no se lo que te habrá dicho el juez, pero para reclamar a la empresa lo que te debe tienes que poner una papeleta de conciliación ante el SMAC por reclamación de cantidad o impago y si en el acto de conciliación la empresa no se presenta o se niega a reconocer la deuda contraída con el acta de conciliación que te entrega el SMAC tienes que presentarle en el juzgado de lo social de tu localidad para demandar judicialmente a la empresa por negarse a pagarte lo que te debe y y sera el juez quien dicte sentencia y lo mas probable es que te tenga que abonar todo lo que te debe mas el 10 % de intereses de mora así que ya sabes lo que tienes que hacer y no se te olvide que dispones de un año a partir de la fecha del impago para presentar la reclamación pero y aunque la demanda la puedes presentar tu personalmente mi aconsejo es que la demanda te la tramite un profesional del derecho laboral(sindicato o abogado laboralista particular o de oficio, porque de esa forma siempre estarás, mas y mejor asesorado. Ya me contaras como te a ido lo de la demanda ..

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