Consulta sueldo y traslado

Buenos días/ tardes,

Me gustaría me ayudarais, os explico:

Trabajo en una empresa del convenio de la siderometalurgia desde 10/2001, estoy en la categoría 8 como oficial AD, tengo salario base de 1436,20 con complemento de 39,79 € día y me retienen un 15 IRPF, mi formación es FPII, llevo el departamento de administración, tráfico y medio ambiente, vamos soy la para todo, al principio esto era una mini empresa familiar y al estar a gusto no me preocupe demasiado, pero en cuestión de 8 años en adelante ha cambiado mucho y sigue en aumento y por eso mi consulta:

Me cambiaron de ubicación a 25 kilómetros de distancia hace seis años y me dieron un complemento de 150 euros en concepto de dietas, me pareció bien, ¿pero es-era correcto?

No tengo antigüedad según contabilidad, ¿de hay mi complemento? ¿Qué os parece?

Dentro de 6 meses nos vuelven a cambiar para hacernos más grandes, han ampliando plantilla e incorporado entre otros/as a nuevas auxiliares administrativas a las que supervisó sin ser jefa como minino en nomina, en categoría 7 con un salario base que me costo años conseguir, con formación igual a la mía, ¿esto es normal? ¿Cuándo yo las dirijo? ¿Al no tener una diplomatura o licenciatura no se que puedo pedir? Sobre la nueva distancia son 6 km más, todos/as los nuevos ya entran con esa condición, como paso anteriormente, pero sobre mi nuevo caso-sueldo, del que mi jefe dice que cuando estemos allí ya hablaremos, según él hablara con todos los antiguos individualmente, cosa que no me ha gustado, me gustaría saber que opciones tengo o me aconsejáis, no quiero pedir nada con los tiempos que corren sin estar segura.

1 respuesta

Respuesta

El complemento de antigüedad no es obligatorio. Debe estar recogido en tu convenio colectivo aplicable para que la empresa tenga obligación de abonarlo en función de lo que se establezca.

Dar 150€ en concepto de dietas por un traslado a 25 kilómetros tiene poco sentido porque en todo caso sería un plus de transporte, no de dietas puesto que supongo que no comerás a diario fuera de tu domicilio por razón del traslado de centro.

Es posible (muy probable) que esas dietas que están exentas de cotización a la Seguridad social sean en realidad un plus de transporte o antigüedad encubierto, que cotiza en parte el primero y todo si fuera el segundo.

En cuanto a la segunda cuestión si vas a hacer funciones de categoría superior estamos ante una movilidad funcional ascendente, debiendo pagarte conforme a esa categoría y notificarlo a los representantes de los trabajadores con justificación por razones organizativas o de producción, sino es fraudulento y podría denunciarse. Si no tienes la formación necesaria para ese puesto superior no podrías reclamar el ascenso pero si el no hacer esas funciones superiores.

En cuanto a tu última cuestión no es correcto que negocie por separado con cada trabajador cuando son condiciones, los 6 km de desplazamiento, que van a afectar a todos por igual, debiendo por tanto fijar un cuota única para todos.

Lo que se pida debe ir a propoción del mayor gasto de carburante que os suponga la nueva ubicación.

Todas las irregularidades que puedas observar puedes denunciarlas en la ITSS, siendo tu denuncia confidencial. La otra vía es la judicial.

Un saludo. No olvides cerrar tu pregunta y puntuar. El no cerrar pregunta penaliza a los expertos.

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