Cláusula en contrato de trabajo de duración determinad

Le explico mi situación: la empresa hasta la actualidad me ha hecho 3 contratos de trabajo por obra o servicio a tiempo parcial (501). El primero desde el 1/10/08 hasta el 30/06/09, el siguiente desde el 1/10/09 hasta el 30/06/10 y el último desde el 10/09/10 hasta el 30/06/10. En todos se indica una cláusula adicional que dice: "la situación de Inc. Temporal (Enfermedad-Maternidad-Accidente) del trabajador, durante el período de prueba, interrumpirá la duración del mismo, dicha situación a la finalización del contrato, no comportará la ampliación del mismo". También indica que el período de prueba es de dos meses.
Mis dudas son las siguientes:
1.¿Cuántas veces me pueden reanudar un contrato de este tipo? ¿La empresa tiene en algún momento la obligación de hacerme fija de alguna manera?
2.¿A qué se refiere con maternidad? ¿A los 4 meses que te dan por maternidad o al hecho de estar embarazada? Si me quisiera quedar embarazada, ¿me podrían despedir o no reanudar el contrato?
No sé si me he explicado correctamente.

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Respuesta
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Lo primero y más importante. Con los contratos que has tenido y lo que has explicado tu contrato temporal es ilgal y debe convertirse en contrato indefinido.
Se trata de un encadenamiento de contratos.
¿Demandaste en el último despido? (entiendo que fue el 30/06/2011)
Si hubieras demandado, en lugar de pagarte 8 días por año (contrato temporal) te tendrían que haber pagado 45 días o readmitirte con contrato indefinido.
En cuanto a la cláusula o lo has trascrito mal o esta mal hecha. Por un lado habla del periodo de prueba y por otro habla de la duración del contrato.
Normalmente se pone esa clausula para que si estas de baja médica durante el periodo de prueba, no cuenten los días del periodo de prueba mientras dure esa situación, volviénse a contar cuando coges el alta.
La última parte (que no entiendo, insisto) quiere decir que si tu estas de baja temporal por enfermedad-maternidad-accidente y se acaba el contrato, se acabará, no continuará hasta que cojas el alta.
Buenos días,
Por una parte, en relación a la legalidad de mis contratos, no se si serán ilegales, espero que no, probablemente (eso espero)yo no te haya dado todos los datos oportunos. De cualquier manera, tengo entendido que el próximo contrato que me harán en septiembre sea fijo discontinuo, pero yo todavía no he firmado nada.
Yo no he demandado, tal cual estala situación laboral y mi situación personal, no me puedo permitir el lujo de dejar de trabajar y además meterme en juicios.
La cláusula la transcribí tal cual. Yo lo he interpretado de la siguiente manera, que no significa que sea cierto. En el caso de que en septiembre y octubre, (que es cuando tendría mi periodo de prueba), yo estoy de baja por incapacidad temporal, pues mi contrato se extinguiría, es decir, me echarían. De igual modo, si cuando finalice mi contrato, es decir el 30/06/12 yo también estoy de baja por incapacidad temporal, pues no me reanudarían en septiembre. No sé si tiene lógica lo que he dicho...
Por otro parte, ¿es legal que cada vez que me hagan un contrato tenga que hacer el periodo de prueba de 2 meses? Me parece tan absurdo...
Y la otra duda que le puse era que si era lo mismo la baja maternal (la de 16 semanas) que la baja por incapacidad temporal por maternidad.
Gracias
Con respecto a lo de la cláusula, lo dicho en la anterior respuesta, no le veo ningún sentido más que ese.
Con lo del periodo de prueba, no es necesario ponerlo en todos los contratos. Si te despidieran haciendo uso de esa cláusula puedes demandarlo.
Una cosa es la baja maternal (16 semanas) que se tiene derecho desde que das a luz y otra cosa es la IT por riesgo de embarazo (si tu puesto de trabajo entraña riesgos para el feto o tienes problemas durante el embarazo).

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