¿Renovación de contrato en baja por riesgo laboral?
Iré al grano, mi esposa de 25 años se encuentra laborando para una afamada marca de ropa dentro del Corte Ingles desde hace algún tiempo, tiene a la fecha tres contratos laborales de los cuales expongo la información vital a continuación:
1er Contrato:
Código de contrato: 402 (Eventual por circunstancias de la producción)
Cargo: Vendedor incluido en el grupo de profesionales/categoria/nivel (4) VENDEDOR DE SEGONA.
Jornada: A tiempo completo: la jornada de trabajo será de 40 horas semanales, prestadas de LUNES a DOMINGO con los descansos que establece la ley.
Duración: La duración del presente contrato se extenderá desde 22/10/2010 hasta 21/04/2011
Se establece un periodo de prueba de 2 MESES
El contrato de duración determinada se celebrará para: ATENDER LAS EXIGENCIAS CIRCUNSTANCIALES DEL MERCADO, acumulación de tareas o excesos de pedidos consistentes en promoción y venta de prendas y accesorios de la temporada AW2010 aun tratándose de la actividad normal de la empresa; en caso de que se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una única ves, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima.
NOTA: de este contrato laboro solo 4 días debido a que la cambiaron de sucursal.
2do Contrato:
Código de contrato: 410 (Interinidad)
Cargo: Vendedor incluido en el grupo de profesionales/categoria/nivel (4) VENDEDOR DE SEGONA.
Jornada: A tiempo completo: la jornada de trabajo sera de 40 horas semanales, prestadas de LUNES a DOMINGO con los descansos que establece la ley.
Duración: La duración del presente contrato se extenderá desde 05/11/2010 hasta fin de suplencia IT.
Se establece un periodo de prueba de 1 MES
El contrato de duración determinada se celebrará para: Sustituir a trabajadores con derecho de reserva de puesto de trabajo.
NOTA: en este contrato le solicitaron firmar una baja voluntaria para poderle hacer el siguiente contrato de 6 meses.
3er Contrato:
Código de contrato: 402 (Eventual por circunstancias de la producción)
Cargo: Vendedor incluido en el grupo de profesionales/categoria/nivel (4) VENDEDOR DE SEGONA.
Jornada: A tiempo completo: la jornada de trabajo sera de 40 horas semanales, prestadas de LUNES a DOMINGO con los descansos que establece la ley.
Duración: La duracion del presente contrato se extenderá desde 01/12/2010 hasta 31/05/2011
Se establece periodo de prueba de: NO ESPECIFICA PERIODO DE PRUEBA
El contrato de duración determinada se celebrará para: ATENDER LAS EXIGENCIAS CIRCUNSTANCIALES DEL MERCADO, acumulación de tareas o excesos de pedidos consistentes en promoción y venta de prendas y accesorios de la temporada AW2010-2011, apoyo en la campaña de navidad y rebajas, aun tratándose de la actividad normal de la empresa; en caso de que se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una única ves, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima.
La situación actual es que mi esposa se encuentra justo en este momento de BAJA POR RIESGO LABORAL ya que se encuentra exactamente de 7 meses y medio (30 semanas de embarazo), la BAJA POR RIESGO LABORAL, la comenzó a disfrutar desde la semana numero 23, el caso es que a finales del mes en curso se le vence el 3er contrato laboral y el pasado 26 de mayo le ha llegado un burofax informando que no se le renovara su contrato laboral actual (el cual le habían dicho que le renovarían al principio de este contrato).
¿Esto es legal?, ¿Puede ser despedida sin más? ¿Es posible que recupere su puesto de trabajo tomando en cuenta la alta tasa de desempleo que vivimos en España?
1er Contrato:
Código de contrato: 402 (Eventual por circunstancias de la producción)
Cargo: Vendedor incluido en el grupo de profesionales/categoria/nivel (4) VENDEDOR DE SEGONA.
Jornada: A tiempo completo: la jornada de trabajo será de 40 horas semanales, prestadas de LUNES a DOMINGO con los descansos que establece la ley.
Duración: La duración del presente contrato se extenderá desde 22/10/2010 hasta 21/04/2011
Se establece un periodo de prueba de 2 MESES
El contrato de duración determinada se celebrará para: ATENDER LAS EXIGENCIAS CIRCUNSTANCIALES DEL MERCADO, acumulación de tareas o excesos de pedidos consistentes en promoción y venta de prendas y accesorios de la temporada AW2010 aun tratándose de la actividad normal de la empresa; en caso de que se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una única ves, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima.
NOTA: de este contrato laboro solo 4 días debido a que la cambiaron de sucursal.
2do Contrato:
Código de contrato: 410 (Interinidad)
Cargo: Vendedor incluido en el grupo de profesionales/categoria/nivel (4) VENDEDOR DE SEGONA.
Jornada: A tiempo completo: la jornada de trabajo sera de 40 horas semanales, prestadas de LUNES a DOMINGO con los descansos que establece la ley.
Duración: La duración del presente contrato se extenderá desde 05/11/2010 hasta fin de suplencia IT.
Se establece un periodo de prueba de 1 MES
El contrato de duración determinada se celebrará para: Sustituir a trabajadores con derecho de reserva de puesto de trabajo.
NOTA: en este contrato le solicitaron firmar una baja voluntaria para poderle hacer el siguiente contrato de 6 meses.
3er Contrato:
Código de contrato: 402 (Eventual por circunstancias de la producción)
Cargo: Vendedor incluido en el grupo de profesionales/categoria/nivel (4) VENDEDOR DE SEGONA.
Jornada: A tiempo completo: la jornada de trabajo sera de 40 horas semanales, prestadas de LUNES a DOMINGO con los descansos que establece la ley.
Duración: La duracion del presente contrato se extenderá desde 01/12/2010 hasta 31/05/2011
Se establece periodo de prueba de: NO ESPECIFICA PERIODO DE PRUEBA
El contrato de duración determinada se celebrará para: ATENDER LAS EXIGENCIAS CIRCUNSTANCIALES DEL MERCADO, acumulación de tareas o excesos de pedidos consistentes en promoción y venta de prendas y accesorios de la temporada AW2010-2011, apoyo en la campaña de navidad y rebajas, aun tratándose de la actividad normal de la empresa; en caso de que se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una única ves, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima.
La situación actual es que mi esposa se encuentra justo en este momento de BAJA POR RIESGO LABORAL ya que se encuentra exactamente de 7 meses y medio (30 semanas de embarazo), la BAJA POR RIESGO LABORAL, la comenzó a disfrutar desde la semana numero 23, el caso es que a finales del mes en curso se le vence el 3er contrato laboral y el pasado 26 de mayo le ha llegado un burofax informando que no se le renovara su contrato laboral actual (el cual le habían dicho que le renovarían al principio de este contrato).
¿Esto es legal?, ¿Puede ser despedida sin más? ¿Es posible que recupere su puesto de trabajo tomando en cuenta la alta tasa de desempleo que vivimos en España?
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Respuesta de carlos