ETT, contrato fraudulento, pago por horas, vacaciones.
Después de leer mucho (tu web es interesantísima), sigo
teniendo varias dudas sobre mi situación laboral. Espero que no sean
demasiadas y que puedas contestármelas (te estaría muy agradecida):
Para empezar, comentar que estoy contratada desde hace 11 meses a
través de una ETT con contrato de obra y servicio. Por supuesto los
dos contratos que llevo encadenados con ellos cumplen todas las
características que comentas en tu web para considerarlo en fraude de
ley y habilitándome para demandarlos por despido improcedente (supongo
que a la ETT, y no a la empresa donde trabajo), con indemnización de
45 días por año, cuando decidan prescindir de mi.
Concretando mis dudas:
1) El sueldo me lo pagan "por horas". Es decir, que no es que se
limiten a especificar mi sueldo calculado en función de la hora, sino
que literalmente me pagan por hora trabajada. Si por cualquier motivo,
no se trabaja una hora, NO SE PAGA. Esto incluye los días de fiesta y
los días (u horas sueltas) que te mandan a tu casa porque no hay
trabajo o porque se estropea el sistema informático. ¿Esto es tan
ilegal como parece? ¿Puedo reclamar que me paguen las 35 horas
semanales que vienen en mi contrato independientemente de que me
manden a mi casa, me digan que un día no vaya o me pillen días de
fiesta por medio? ¿Puedo reclamar las cantidades dejadas de percibir
con efecto retroactivo desde que empecé? ¿Sería mejor reclamar ahora o
cuando me echen?
2) En el precio por hora también vienen prorrateadas las "vacaciones
no disfrutadas". Tenía entendido que la práctica de prorratear las
vacaciones y no poder disfrutarlas sólo lo podían hacer las ETT en
contratos "DE DURACIÓN INFERIOR A UN AÑO". Pero en mi contrato no
viene la duración, sólo "hasta fin de obra". ¿Debería de dejar de
cobrar anticipadamente las vacaciones y empezar a disfrutarlas a
partir de este año? (Lo que significaría que estaría 1 año y 6 meses
sin vacaciones, puesto que empezaría a acumular a partir del año).
Considerando que estoy deseando que mi relación laboral TERMINE con
esta empresa (por las horribles condiciones laborales, pésimo sueldo,
distancia a mi casa, etc.) pero estoy evitando la baja voluntaria para
poder cobrar el paro, ¿podría alegar que como me pagan las vacaciones
y no las disfruto, mi contrato se presupone de duración inferior a un
año y obligarles a que la relación laboral se extinga (por
finalización) cuando haga el año y cobrar mi paro? ¿O eso no es
posible interpretarlo así?
Otra opción que he pensado y que no sé si es descabellada, sería
comunicarles que están obligados a dejar de pagarme las vacaciones
para que pueda empezar a acumularlas y disfrutarlas, que eso es un
cambio en las condiciones del contrato y que no pienso firmarlo, que
me despido por "cambio sustancial de las condiciones laborales" (y
seguir cobrando paro). O incluso más allá. ¿Puedo demandarlos ahora
por contrato temporal en fraude de ley y conseguir con ello que la
relación laboral se extinga y cobrar mi paro? (Es decir, demandarlos
antes de que me echen pero buscando largarme de allí y poder cobrar el
paro, no que me reconozcan el status de "indefinida".
teniendo varias dudas sobre mi situación laboral. Espero que no sean
demasiadas y que puedas contestármelas (te estaría muy agradecida):
Para empezar, comentar que estoy contratada desde hace 11 meses a
través de una ETT con contrato de obra y servicio. Por supuesto los
dos contratos que llevo encadenados con ellos cumplen todas las
características que comentas en tu web para considerarlo en fraude de
ley y habilitándome para demandarlos por despido improcedente (supongo
que a la ETT, y no a la empresa donde trabajo), con indemnización de
45 días por año, cuando decidan prescindir de mi.
Concretando mis dudas:
1) El sueldo me lo pagan "por horas". Es decir, que no es que se
limiten a especificar mi sueldo calculado en función de la hora, sino
que literalmente me pagan por hora trabajada. Si por cualquier motivo,
no se trabaja una hora, NO SE PAGA. Esto incluye los días de fiesta y
los días (u horas sueltas) que te mandan a tu casa porque no hay
trabajo o porque se estropea el sistema informático. ¿Esto es tan
ilegal como parece? ¿Puedo reclamar que me paguen las 35 horas
semanales que vienen en mi contrato independientemente de que me
manden a mi casa, me digan que un día no vaya o me pillen días de
fiesta por medio? ¿Puedo reclamar las cantidades dejadas de percibir
con efecto retroactivo desde que empecé? ¿Sería mejor reclamar ahora o
cuando me echen?
2) En el precio por hora también vienen prorrateadas las "vacaciones
no disfrutadas". Tenía entendido que la práctica de prorratear las
vacaciones y no poder disfrutarlas sólo lo podían hacer las ETT en
contratos "DE DURACIÓN INFERIOR A UN AÑO". Pero en mi contrato no
viene la duración, sólo "hasta fin de obra". ¿Debería de dejar de
cobrar anticipadamente las vacaciones y empezar a disfrutarlas a
partir de este año? (Lo que significaría que estaría 1 año y 6 meses
sin vacaciones, puesto que empezaría a acumular a partir del año).
Considerando que estoy deseando que mi relación laboral TERMINE con
esta empresa (por las horribles condiciones laborales, pésimo sueldo,
distancia a mi casa, etc.) pero estoy evitando la baja voluntaria para
poder cobrar el paro, ¿podría alegar que como me pagan las vacaciones
y no las disfruto, mi contrato se presupone de duración inferior a un
año y obligarles a que la relación laboral se extinga (por
finalización) cuando haga el año y cobrar mi paro? ¿O eso no es
posible interpretarlo así?
Otra opción que he pensado y que no sé si es descabellada, sería
comunicarles que están obligados a dejar de pagarme las vacaciones
para que pueda empezar a acumularlas y disfrutarlas, que eso es un
cambio en las condiciones del contrato y que no pienso firmarlo, que
me despido por "cambio sustancial de las condiciones laborales" (y
seguir cobrando paro). O incluso más allá. ¿Puedo demandarlos ahora
por contrato temporal en fraude de ley y conseguir con ello que la
relación laboral se extinga y cobrar mi paro? (Es decir, demandarlos
antes de que me echen pero buscando largarme de allí y poder cobrar el
paro, no que me reconozcan el status de "indefinida".
1 Respuesta
Respuesta de joseaf2
1