Reducción jornada por cuidado de hija

Mi situación es la siguiente: trabajo en una oficina de lunes a viernes de 8.30 horas a 12.30 horas según el contrato, mi convenio es el de oficinas y despachos y estoy indefinida. Desde que soy madre me acogí a la reducción de media hora a la entrada al trabajo( todo acordado con mi jefe de palabra). Como el trabajo esta flojo sigo trabajando de 9 a 12.30 aun. Mi hijo ya tiene más de 9 meses, también llevo 4 años si un aumento ni siquiera del ipc del salario que no se si eso es legal o no me lo sube por que trabajo media hora menos no lo se. Ahora mi situación es que necesito entrar al trabajo a las 9.40 horas y salir a las 12.20 horas y he planteado la reducción de jornada y me han puesto mala cara, aun ofreciéndoles ir a trabajar 2 tardes y recuperar el tiempo ese y también me han puesto mala cara. La reducción la necesitaría a partir de septiembre, ¿puedo pedirla ya con efectos para el mes de septiembre o me tengo que esperar al 15 de agosto? ¿Qué pasos tengo que seguir y que derechos tengo y como puedo solicitarla? ¿Hay qué hacerlo mediante carta certificada? ¿Me pueden despedir que es lo que más me conviene?

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Hasta que tu hijo tenga 9 años puedes pedir una reducción de jornada y el horario lo fijas tú, por tanto para hacer eso sólo tienes que pedirlo por escrito y que el empresario te firme como que recibe el escrito y es un derecho no pueden negarse. Puedes pedirlo ya si conoces con seguridad las horas que necesitas, o esperar a conocerlas con más seguridad, siempre es conveniente comunicarlo con antelación para que la empresa pueda realizar sus ajustes organizativos, estaría bien con 15 días de antelación.
Sobre el despido, pues, cualquier empresa puede despedir a sus trabajadores, siempre que la causa del despido esté justificada y abone la indemnización, es decir, es algo que está siempre en manos de la empresa y del trabajador reclamar sobre el despido si no lo considera ajustado.
Suerte.
¿Puedo pedirla con 4 meses de antelación a la fecha que empezaría la reducción? Tengo que enviar esta carta con acuse de recibo, certificada, ¿y si en el caso de que no me quiera firmar esta solicitud como que la ha recibido que hago? Gracias
Sí puedes enviarla con 4 meses de antelación, no hay inconveniente para ello, si le haces entrega del escrito y no quieren firmar el recibí en ese supuesto enviaselá por burofax con acuse de recibo y depósito del original, este sistema te permite tener acreditado la entrega del mismo.
Suerte.

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