Prestación desempleo

He estado trabajando y se me han pasado los 15 días para solicitar el desempleo pensando en que iba a volver a trabajar al mes. Mi hermano es autónomo y desearía saber si el me puede dar de alta unos días en el régimen general para poder solicitar la prestación. Yo estoy casada y vivo en otro domicilio distinto al suyo. Espero su respuesta.

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La consecuencia de la solicitud de la prestación por desempleo una vez transcurridos los 15 días desde la fecha de la situación legal por desempleo es que perderías el derecho a la prestación desde la fecha en que se produjo dicha situación legal de desempleo hasta el día anterior a la fecha de tu solicitud, reconociéndose la prestación a partir del día en que la solicitas y descontando, por tanto, del tiempo que te hubiese correspondiera percibir, en función del periodo efectivo cotizado, dicho periodo de "retraso" en tu solicitud.
Por tanto, no es imprescindible que se formalice un nuevo contrato, y, en caso de que decidas formalizarlo con tu hermano para no perder esos días de "retraso" deberéis tener mucho cuidado, pues depende mucho de lo que se haga y cómo se haga para que el INEM pueda considerar que dicho contrato está formalizado en fraude de ley (más aún tratándose de tu propio hermano autónomo, y por tanto con tus mismos apellidos) y te sea denegada la prestación por no considerar que te encuentras en situación legal de desempleo.

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