Reducción por Guarda Legal

Hola
Trabajo con contrato indefinido como (xxxxxx) en un Contact Center de Barcelona. En marzo solicité por escrito una reducción de jornada por reciente paternidad (de 32 horas de 22H a 06H reduzco a 30 con horario admitido en convenio del sector con las condiciones más ventajosas de 00H a 06H), verbalmente se me comunica que puedo realizarlo, semanas después me hacen firmar un documento donde efectivamente pone que el contrato tiene un anexo modificando la clausula primera referente a las horas de jornada y paso a hacer 30H con el horario solicitado.
Ahora con 7 días de antelación según art. 21 del convenio del sector se me avisa de un cambio de horario que sería de 23H a 05H, lo que supone una pérdida de más de 100 euros.
Cual es mi sorpresa que cuando intento acogerme al art. 37.6 del Estatuto de los Trabajadores me entero que mi reducción de jornada fue una reducción de jornada "normal" debido a "errores administrativos" en la tramitación de mi solicitud.
Mi enlace sindical dice que posiblemente me puedan buscar la vuelta por que mi pareja no trabaja, consulta realizada a los servicios de asesoramiento del sindicato. Otros me dicen que esto no es así, y que tengo todo el derecho a acogerme al art 37.6 del Estatuto de los Trabajadores...
Estoy/estamos, ya que somos varios los afectados en el turno de la noche, que agradecería me aclaréis un poco el panorama...
Muchas gracias, un saludo
Un papá preocupado

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(xxxxxx) vamos a ver tal y como establece el art. 37.6 del Estatuto de los trabajadores tienes derecho a pedir la reducción de la jornada, el problema es que al haber firmado un nuevo contrato con una jornada menor, tendrías que solicitar una reducción de la jornada teniendo en cuenta tu nueva jornada, es decir, entre un octavo y la mitad de las 30 horas del contrato que tienes en la actualidad. La concreción horaria de dicha reducción la establecerías tú pero es posible que la empresa te deniegue la misma acogiéndose a razones organizativas. Esto último te obligaría a demandar a la empresa por la negativa a tu solicitud a través del procedimiento establecido en el art. 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral.
En cuanto a lo de la respuesta del sindicato en cuanto a que te pueden buscar las vueltas, pues bueno, es cierto que determinadas empresas ante las justas reclamaciones de sus trabajadores no tienen el comportamiento más adecuado, pero aún así recordarte dos cosas: El despido de un trabajador que ha solicitado la reducción de jornada es procedente o nulo de forma que si la empresa no puede demostrar el incumplimiento o los motivos que llevan al despido del trabajador (por supuesto no la solicitud de la reducción de jornada) estaría obligada a readmitirte y segundo existe una garantía de indemnidad que protege de los actos empresariales contra un trabajador por razón de las reclamaciones que este haya podido interponer contra la empresa. Así que te recomiendo que te dirijas a otro sindicato pues es posible que la respuesta cambie.
Finalmente dichos cambios podrían constituir una modificación sustancial de las condiciones de trabajo tal como establece el art. 41 del Estatuto de los Trabajadores que darían derecho a:
1.Rescindir el contrato con la correspondiente indemnización de 20 días por año y un máximo de 9 mensualidades, dicha rescisión daría derecho al cobro del paro.
2.Solicitar la restitución a vuestras condiciones anteriores si no existieran razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que justificasen la modificación o si no se hubiesen seguidos los procedimentos establecidos en dicho art. 41 a la hora de la modificación.
Te envío mi blog partícula donde encontrarás más información relacionada con el derecho laboral.
Hoy día 4 voy a demandar a la empresa ante el juzgado de lo social por irregularidades en la tramitación de mi reducción de jornada por paternidad...
No se si me lo van a admitir a trámite, pero confío en que algo se pueda hacer, ya que mi intención es mantener mi jornada actual de 30 horas en el horario que tenía alegando que la empresa actuó de mala fe cuando yo hice la solicitud ya que en todo momento yo seguí sus instrucciones y no entregué libro de familia, porque no me lo pidieron, yo asumí que ya lo tenían ya que me pidieron copia para tramitar el permiso de paternidad... mi, hijo nace en 06/08 yo solicito la reducción el 04/03/09, y me entero que el trámite ha sido erróneo en noviembre!
Muchas gracias por tu información si tengo respuestas mañana diré algo...
Bien espero tus noticias, no te olvides de valorar la consulta una vez la cierres.
Suerte y un Saludo.
Me han asignado un abogado de oficio y vamos para demanda, no me han asegurado que el trámite sea muy urgente, pero de momento algo es algo... de todas formas gracias por lo información... si más adelante se algo más, no dudéis que os será transmitido, para que esto no le suceda a nadie más, por si le puede servir a alguien...
Un saludo

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