Revisión Médica en horario laboral

Cuando un trabajador va a pasar el reconocimiento médico proporcionado por la empresa en horario laboral, hay algún tipo de legislación (estatuto trabajadores, convenios particulares,...) ¿Qué especifique que estas horas deberán ser retornadas a la empresa? Te hablo del sector de Educadores Sociales, ya que me parece que por convenio las horas de visita a médico particular o CAP si deben ser retornadas a la empresa.

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Es permiso retribuido, y siempre tiene que efectuarse en horario de trabajo, y la legislación marco es el propio estatuto de los trabajadores, ademas de la ley de prevención de riesgos laborales.
Y para tu información cualquier convenio suscrito JAMAS debe perjudicar a la propia ley mínima que es la del E.T.
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