Faltas laborales

Me han puesto una falta leve de 3 días de empleo y sueldo, fecha de inicio 26 de febrero (jueves), y el lunes no fui a trabajar porque mi contrato es de lunes a viernes; por lo que me han vuelto a sancionar con otra falta leve de otros tres días de empleo y sueldo a partir de un viernes.
¿Me pueden sancionar en fin de semana?

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Pueden sancionarte durante el fin de semana, pero tendrán que pagarte la parte de descanso semanal generada, es decir, si te sancionan viernes, sábado y domingo siendo tu jornada de trabajo efectivo de lunes a viernes, la consecuencia sería la siguiente:
El viernes no cobras y el sábado y domingo cobrarás en función del descanso generado, como trabajaste de lunes a jueves la parte proporcional de este descanso generada.
En cualquier caso la empresa debe indicar claramente en caso de sanción los días que no debes acudir. Para impugnar las sanciones tienes 20 días, para reclamar la cantidad debido hasta un año.

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