Me pueden sancionar

Venos días:
Cuando me contrataron lo hicieron para redactar los informes finales (empresa de estudios de marketing). En la entrevista me dijeron que yo estaría en la oficina redactando los informes, pero que saldría a realizar visitas de forma esporádicam para que supiera como se hacían y así redactar mejor los informes.
Pero desde que he entrado, cada vez que hay que hacer visitas que nadie quiere hacer o bien para ahorrarse unos euros, me mandan a mi a hacerlas.
Me he pasado todo el verano haciendo viajes en autobús, para controlar la calidad del servicio, hasta que en septiembre hable con mi empresa y les dije que me produce ansiedad los viajes de autobús y que quería quedarme embarazada y que esta ansiedad no era buena para mi. Además les dije que en la entrevista no me habían dicho nada de viajar, ya que si me lo hubieran dicho no me habría cambiado de empleo.
Ahora me dicen que tengo que ir a visitar unos centros por toda españa, hacer 4.000 km con mi coche, cuando este mes me hacen pruebas para un tratamiento de fertilidad que me harán en diciembre y me han dicho que tengo que estar tranquila y relajada y sobre todo no puedo estar tres semanas fuera de Madrid, ya que tengo que acudir al centro médico para hacerme las pruebas y controles.
Tengo un contrato de oficial de segunda administrativo y a mi no me dijeron cuando me contrataron que tenía que estar todo el día de un lugar a otro, me contrataron para hacer informes.
Me han dicho que si digo que no puedo hacer las visitas por el tratamiento me pueden sancionar, quiero saber que tipo de sanción me pueden poner. Llegados a este punto me da igual que me despidan siempre que me quede el paro, ya que si me están haciendo esto ahora no quiero saber como me van a tratar cuando esté embarazada.
A mi me contrataron para hacer informes, y me cambie de trabajo por estar al lado de mi casa, y ahora me mandan a hacer cosas dentro de la provincia y en otras provincias, no se hasta que punto pueden hacerlo.

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La solución es más compleja de lo que podríamos suponer a simple vista. Verás, nos podemos encontrar con 3 situaciones:
La clave está en determinar, por una lado, hasta que punto es necesario que tu realices dichas visitas para redactar los informes.
1) Si esas salidas son necesarias para poder redactar los informes, estas funciones entran dentro de tu puesto de trabajo y por tanto el incumplimiento de las mismas, puede llevar a sanción. La sanción puede ir desde una amonestación verbal, pasando por una suspensión de empleo y sueldo hasta un despido. La graduación de las infracciones y las correspondientes sanciones viene regulado en tu convenio colectivo. Cada convenio es distinto en este sentido. Pero generalmente la negativa a cumplir órdenes se sanciona con el despido.
2) Por otra parte, si esas salidas no son necesarias para la redacción de los informes (no conozco exactamente tus funciones y seguro que esto lo valoras tu mejor que yo), pueden pasar dos cosas:
a) Que esas funciones estén dentro de tu categoría profesional, en cuyo caso no puedes negarte a hacerlas o de lo contrario serás sancionada. Para ver si está dentro de tus funciones, debes buscar en el convenio colectivo que te sea de aplicación y ver la definición que en el mismo se hace de tu categoría profesional. (Desde la consejería de empleo en madrid.org puedes conseguir dicho convenio)
b) Que esas funciones estén fuera de tu categoría profesional, en cuyo caso la empresa está realizando una movilidad funcional, y esta sólo se puede hacer por causas organizativas o técnicas y por el tiempo imprescindible. Y en este caso es en el único en el que puedes reclamar. Lo malo, que esa reclamación debe hacerse ante el juzgado de lo social y ya te metes en líos, pero al menos sabes que esa opción la tienes. El juez determinará si ese cambio de funciones era injustificado y si lo estima así obligará a la empresa a que te ponga en las funciones para las que has sido contratada. Sin embargo, la jurisprudencia determina que lo que debe hacer el trabajador es primero obedecer y luego reclamar, salvo que se esté recibiendo un trato vejatorio por parte de la empresa.
Una vez explicadas las situaciones te doy mi opinión. Por un lado no creo que estas funciones estén dentro de tu categoría profesional, puesto que los administrativos no se encargan de viajar, por lo que nos encontraríamos en la situación 2b, pero dado que se trata de hacer informes lo mejor es que lo compruebes en tu convenio colectivo.
Por otra parte, si te cambiaste de trabajo por estar más cerca de tu familia y este trabajo te produce el efecto contrario, háblalo con la empresa y plantéale tu situación, si no lo entienden, niégate a realizarlas, y lo peor que te puede pasar es que te suspendan temporalmente de empleo y sueldo, porque si te despiden quedarás en situación legal de desempleo y percibir el paro mientras buscas un nuevo empleo que se ajuste a lo que realmente buscas.
Espero que esto te haya podido ayudar.
      Saludos.
Por favor si no tienes más dudas, no olvides cerrar y valorar la respuesta, se me están acumulando las respuestas sin valorar.
Muchas gracias por tu respuesta.
La verdad es que es una pena que el trabajador tenga siempre las de perder, no te puedes fiar de nadie, te contratan para una cosa y luego te hacen hacer otras cosas, y encima parece que el trabajador tiene que demostrarlo. Me parece una vergüenza que puedan obligarte a viajar sobre todo cuando estás haciendo un tratamiento de fertilidad. En fin, me negaré a hacerlo, está clarísimo y asumiré las consecuencias.

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