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turno de tarde

Experto:
Usuario:
Fecha: 19/04/2008
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Derecho Laboral
17/04/2008
jmavecrem, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Hola buenas noches, tengo un contrato de duración determinada a tiempo completo e interinidad. Estoy supliendo una excedencia, la cuál empezó el 01/03/2006 y en el contrato indica que es hasta fin de esta. Según el anexo del contrato, el punto 3 dice que el horario se confeccionará mensualmente un cuadrante de servicios en el que indicarán los turnos en los el trabajador deberá prestar servicios,dicho cuadrante podrá modificarse por la empresa por causa justificada. Bien, llevo tres años trabajando para esta empresa y no he visto dicho cuadrante. Mi turno es de tarde desde hace 8 meses de 40 horas semanales de lunes a sábado, antes rotaba una semana de mañana y otra de tarde. Mi pregunta es la siguiente: ¿ Estoy obligado a seguir en turno de tarde?, ¿Puedo solicitar el turno rotativo?. En el contrato no pone nada de que mi turno sea de tarde, me lo han impuesto obligatoriamente por necesidades de la empresa.
Por último, ¿cuanto puede durar la excedencia del trabajador al que sustituyo?, ¿podría solicitar el indefinido después de los tres años que llevo en la empresa?.
Muchas gracias y espero que podáis ayudarme.
18/04/2008
jmavecrem, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
Buenos días, según el anexo de tu contrato en cuanto a jornada de trabajo, tu empresa se ha cubierto muy bien, es decie que están haciendo las cosas legalmente ya que ellos establecen que pueden hacer cualquier turno pero que elllos, por necesidades de la Empresa, establecen cuales son y lo hacen semanalmente; lo cual significa que cualquier semana pueden volver a cambiartelo. Evidentemente puedes solicitar el turno rotativo, pero la empresa LEGALMENTE te puede decir que por necesidades de la empresa les conviene que sigas de tarde.
La excedencia del trabajador que sustituyes depende de cual sea, si es coluntaria, forzosa o por cuidado de hijo. Enterate de cual es la excedencia que cogió el trabajador por el que tienes el contrato de interinidad y lees en el articulo 45 y siguientes del Estatuto de los trabajadores la duración mínima y máxima de las mismas
No puedes solicitar que te conviertan el contrato en indefinido ya que tienes un contrato de interinidad cuya limitación en el tiempo la marca la excedencia de tu compañero.
Espero haberte ayudado
Saludos
19/04/2008
jmavecrem, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Muchas gracias agarfer me has aclarado el tema del turno, intentaré  enterarme de la clase de excedencia que pidió mi compañero y aunque decepcionado por no poder luchar por el cmabio de turno, te agradezco esta buena aclaración.
Saludos.
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