Aviso de cambio de trabajo

Tengo una duda que te agradecería me aclarases. Llevo menos de un año en una empresa y voy a cambiar a otra, ¿Con cuánto tiempo estoy obligado a avisar a la empresa del cambio?
Si fueran 15 días, ¿Tengo derecho a disfrutarlas en este periodo? ¿Puede la empresa a obligarme a disfrutarlas en lugar de pagármelas?

2 respuestas

Respuesta
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Creo que me preguntas sobre las vacaciones, porque no lo indicas, pero en base a eso te responderé, si no es así me corriges.
Respecto al periodo de preaviso, este varía en función de diferentes circunstancias, la primera es según lo que diga tu convenio colectivo, si no dice nada lo que diga el contrato, si tampoco lo dice en función al tipo de contrato,... pero como regla general podrían ser los 15 días (sobre todo si es contrato temporal).
Aquí la empresa puede decidir darte o no las vacaciones en el periodo de preaviso, lo importante es que si no te las da debe pagártelas en el finiquito, porque tienes derecho bien a disfrutarlas o a que te las paguen, en este caso.
Si necesitas algo más me lo comentas.
Hola Gracias por tu rápida respuesta. Te hago algunas observaciones. La pregunta surgía porque me habían comentado que teniendo contrato indefinido, como es mi caso, y no llevando un año en la empresa, no era necesario avisar con 15 días de antelación. Por otro lado, no quiero que la empresa me obligue a coger el total de las vacaciones que me corresponden dentro de este periodo de aviso.
Te agradecería me confirmases estos detalles.
Muchas gracias.
Como te dije el otro día el periodo de preaviso depende del convenio colectivo, búscalo en base a tu categoría profesional, lo más probable es que tengas que dar un periodo de preaviso, y que este sea de 15 días, esto es independiente a que lleves trabajando menos de un año.
Si la empresa decide darte las vacaciones en el periodo de preaviso tendrás que cogerlas, porque no le queda otra vía para que las disfrutes, salvo que prefiera pagártelas (y cotizar adicionalmente por ellas en tu finiquito), pero eso sí, te las debe dar de forma lógica, por ejemplo los últimos días y todos seguidos, no puede decirte que las disfrutes solo los días que descanses o los posibles días de fiestas que estén durante el periodo de preaviso.
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El plazo de preaviso lo dice en el convenio. Si no dice nada son 15 días, los cuales pueden ser de vacaciones o incluso de baja.
Las vacaciones no son sustituibles en principio por dinero, pero tampoco puedes imponerlas. Páctalo y si no te pones "enfermo" esos 15 días.
www.alvarez.cjb.net

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