Reclamación atrasos

Una consulta: he pedido la baja voluntaria en mi trabajo, finalizando a principios del mes que viene. Normalmente hacia el mes de abril se nos pagan los atrasos de salario del mes anterior. Me gustaría saber si tengo derecho a reclamar estos atrasos para que me los paguen antes de marcharme. Gracias.
Respuesta
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Independientemente de que ya no estés trabajando en una empresa, tienes derecho de reclamar las cantidades que te deben durante los 12 meses anteriores a la demanda, así pues también puedes reclamarlo una vez finalizado el contrato, o si la deuda ya se conoce (las cantidades que te deben) lo puedes solicitar que se te abone en el finiquito, y sino siempre tienes la demanda por cantidades.
Muchas gracias. Así lo haré.
¿Cómo puedo saber las cantidades que me deben? Aunque la revisión del convenio no ha salido, nos han aplicado una subida en el salario desde principios de año. He solicitado que me las incluyan en el finiquito y me han dicho que no pueden saberlas hasta que no se publique, ¿es cierto? En caso de tener que reclamarlos, ¿cómo debo hacerlo? Muchas gracias, nuriai.
Para hacer una reclamación por cantidades tienes un año desde que se conoce la deuda, y en esta caso seria desde que se publique la revisión salarial.
Dices que están aplicando una subida desde principio de año aun no habiéndose publicado, ¿aparece en la nomina como "a cuenta de convenio"? Si es así, cuando se publique el nuevo salario esta cantidad se compensara con la subida real, y si la subida es superior, sólo te deberán la diferencia.
De todas formas, si desde enero te están pagando la nueva cantidad, el finiquito tiene que ser acorde a lo que estas cobrando, es decir, con la "mejora" incluida; si no es así puedes interponer demanda por cantidades, en ese momento o cuando se publiquen.
Para poner la demanda tienes que presentar una papeleta de conciliación en el SMAC de tu provincia, en la que indicas la causa y en este caso las cantidades que te deben. Si en cociliación no llegáis a un acuerdo tendrás que interponer demanda en el juzgado de lo social.

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