Mi madre falleció hace un año sin dejar testamento.

Únicamente tenía a su nombre un piso, el piso está a la venta, ¿si encontramos vendedor podemos los hijos en el mismo momento pasarlo de nuestra madre a nombre del comprador?. ¿Cómo demostramos que somos los únicos herederos, con el libro de familia sería suficiente o necesitaríamos publicarlo en el BOE?.

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Lo primero que teníais que haber hecho nada más fallecer tu madre es ir al registro civil y rellenar el impreso 670 . con ese informe ir después ir a un notario para que al pasar esa propiedad a los herederos, se pueda ya vender, pero el paso que os he dicho es indispensable sino es así, olvidaros de la venta.

Gracias por su rápida respuesta!

Me gustaría que me informara sobre la cantidad lo más aproximada posible que tendría que pagar por herencia en concepto de impuesto de sucesiones y donaciones del piso tasado en la cantidad de 75.000 euros, en la Comunidad Valenciana.


Y como otros gastos, además del impuesto, supongo que será la minuta de la notaría y los originados por la nueva inscripción en el correspondiente registro de la propiedad. Pero, ¿Hay algún gasto más?

Gracias nuevamente.

De principio os habéis saltado lo fundamental, en los 3 primeros meses de la muerte hay que mirar si hay testamento o no, pero todo esto tiene que ser rapido, pues lo que te va a encarecer y liar este tema son las penalizaciones que van a tener por no entrar en el plazo, te ma de costos eso ya depende al notario que escojáis, no todos cobran lo mismo, es lo primero que hay que aclarar.

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