Usufructo del dinero bancario
Les comento un poco, mi padre falleció, ya hemos liquidado el impuesto de sucesiones, pero hay un tema que nos concierna... La situación es que el estaba casado en
segundas nupcias y yo y mis hermanos eramos hijos de mi padre de su primer matrimonio,
pues bien el con esta señora tiene en bienes gananciales únicamente el
dinero que hay en el banco, y según el testamento de mi padre ella es
usufructuaria universal y vitalicia y como herederos sus hijos de su primer
matrimonio ya que con ella no ha tenido descendencia. Pues bien mi pregunta es
la siguiente: ¿Ese dinero el cual nos corresponde según el testamento el 50%,
podría partirse? Nos comentan en el banco que hay que realizar el calculo del
usufructo vitalicio (que es según internet 89-edad usufructuario que en este
caso es 84, por lo tanto como no llega al mínimo este seria el 10%), bien, pues
la siguiente pregunta es: ¿Dónde debemos dirigirnos para que nos realicen
oficialmente este calculo, tiene obligación el banco de calcularlo, debe ser un
abogado? No se explicarnos un poco porque estamos un poco perdidos en esto,
queríamos saber que derechos tenemos nosotros sobre este dinero...