Dice lo mismo en la herencia que en el testamento?

El marido de mi madre, (que no era mi padre), falleció.

De un matrimonio anterior tenia 2 hijos. Mi madre y él tenían un piso a partes iguales, y unas pequeñas cantidades en el banco. A mi me informaron que 50% de ese piso y el dinero es propiedad de mi madre y el otro 50% se reparte entre ella y los hijos del fallecido. Por ser mi madre mayor, 83 años, me dijeron que ese 50% no se repartiría en 3 partes iguales, sino que a mi madre le tocaría una parte mas pequeña, pero que por lo menos tendría esa pequeña parte.

Al leer ahora la escritura de la herencia, no lo entiendo bien, pero parece que el 50% de la parte del fallecido ha sido dividido en dos partes iguales, para sus hijos. Y que mi madre solo tiene su propio 50% y nada mas.

En el testamento dice:

"Lega a su nombrada esposa el tercio de libre disposición de su herencia, ordenando que con cargo al mismo se le adjudique el usufructo vitalicio de la misma, y al heredero que no la respetare en él, percibirá solo su legítima estricta.

En el remanente de su herencia instituye herederos a partes iguales a sus dos nombrados hijos, con sustitución vulgar a favor de sus respectivos descendientes y el derecho de acrecer entre sí en defecto de ellos.”

En la escritura de la herencia dice:

“Legó a su esposa el tercio libre de disposición de su herencia, ordenando que con cargo al mismo se le adjudicara el usufructo universal vitalicio de la misma, e instituyó herederos por partes iguales a sus dos hijos.”

Yo veo que hay una diferencia: en el testamento dice “en el REMANENTE de su herencia instituye herederos a partes iguales a sus hijos.

En la escritura de la herencia dice:

“A cada uno de los dos hijos herederos: Ha de percibir cada uno por la herencia de su padre xxx € en pago de lo cual se adjudica a cada uno la nuda propiedad de una CUARTA PARTE INDIVISA de la finca descrita bajo la letra A y xxx € correspondiente a la nuda propeidad de la mitad de las cuantas B y C”

Quería preguntarle si lo he entendido bien.

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Si la vivienda era de los dos, su madre es dueña de la mitad.

El otro 50% es de su marido.

La herencia de su madre, pasa a su descendencia (usted).

La herencia del marido hay que repartirla.

Y hay que aceptar el testamento.

Primero le voy a explicar como va la herencia en caso de haber testamento.

Dos tercios, (66,66%) es la legítima y por ley es para los hijos obligatoriamente.

De esos dos tercios, uno se llama legítima estricta y otro legítima de mejora.

A la viuda (su madre) le corresponde por ley el usufructo del tercio de mejora.

Usufructo no es propiedad. Solo derecho a goce y disfrute y desaparecerá cuando su madre fallezca.

El tercio de libre disposición (un 33,33%) es como su nombre indica, de libre disposición.

O sea, que se lo puede dejar a cualquiera: Sus hijos, su mujer, un vecino, un amigo, una ONG... a quien quiera.

Pues ese tercio se lo deja a su esposa (su madre), pero con la condición de que es en pago de su usufructo sobre el tercio de mejora.

O sea, que su madre sale grandemente beneficiada.

Es propietario de su 50% del piso y además, de un tercio del otro 50%.

Sobre el reparto del dinero, estamos en las mismas.

Y respecto a que al ser muy mayor su madre ha de recibir menos... pues no.

Eso es en un caso normal. Le explico:

Normalmente (y por ley) la esposa tiene derecho a un tercio en usufructo (tercio de mejora).

Y este usufructo es valorable, en función de los años que tenga el usufructuario en el momento del fallecimiento del cónyuge.

En un testamento normal, ese usufructo, en caso de la edad de su madre, se valoraría en un 10%. (Este 10% sale de unas operaciones matemáticas, que no vienen al caso pues no estamos en esa situación.

Y no estamos en esa situación pues cláramente, en el testamento se dice que el usufructo se anula al dejarle en propiedad el ter io de libre disposición.

Si le dicen que por la edad a su madre le corresponde menos, no es cierto.

Quiero creer que están mal informados.

Y no es cierto, por lo dicho. Porque no hay usufructo en esta herencia.

Ha sido cambiado por la propiedad del tercio de libre disposición.

Y por tanto, no influye para nada la edad en la valoración de la herencia.

Parece que los dos hijos (posiblemente) han contratado abogado que como decimos en España, acerca el ascua a la sardina de sus clientes).

Repito que hay que respetar el testamento que está bien y legalmente redactado.

En el testamento dice que el marido deja: Un tercio a su esposa y dos tercios a sus hijos a partes iguales.

Y eso no se corresponde con lo que dice usted al final, en la escritura de herencia: que deja a sus dos hijos la cuarta parte indivisa de la finca a cada uno.

Totalmente incorrecto.

Hagamos las cuentas:

Tenemos que poner la totalidad de la finca.

50% es del marido. Es su herencia.

Esta se divide en tres partes (tres tercios), y a sus hijos les deja dos tercios, y el otro a su mujer.

Cada uno de esos tercios representa sobre el 50% de la finca, un 16,66%.

Por tanto, cada hijo más su madre tienen un 16,66% de la vivienda (estamos hablando de la herencia. Su madre ya es dueña de su 50%).

Por tanto, a cada hijo no le corresponde una cuarta parte de la finca (un 25%). Porque entonces, su madre no recibiría nada.

A un hijo le corresponde un 16,66%

Al otro hijo un 16,66%

Y a su madre un 16,66%.

Total: el 50% de la finca que es lo que entra en herencia.

Así que han de quedar, la finca, un 16,66% cada hijo y un 66,66% propiedad de su madre-.

Respecto a los saldos en cuentas de los bancos, han de pedir certificado del saldo al día del fallecimiento.

Del saldo, si la cuenta estaba a nombre de los dos, la mitad es de su madere y no hay litigio.

La otra mitad es del fallecido y hay que atenerse a lo dispuesto en el testamento.

Ese 50% se divide en tres partes, y cada uno cobrará un 16,66% del saldo que diga el certificado.

No más.

Bueno, tal vez me he estendido mucho, pero he querido explicárselo bien, ya que por la hedacción que han hecho del reparto de herencia, parece que o no han hecho bien las cuentas, o que quieren quedarse con más de lo que les corresponde.

Bueno, pues un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego me FINALICE LA PREGUNTA para que se me quede libre.

Hasta otra.

Muchísimas gracias por su explicación.

Yo ahora me quedo con la siguiente pregunta: ¿Qué puedo hacer al respecto, ya que la aceptación de la herencia ya está hecha y todos los papeles listos? Yo además, como representante legal de mi madre firmé ante el notario ese documento (en febrero 2012) que ademas fue donde me explicaron lo de que mi madre por la edad tendría menos parte en la herencia etc. Por supuesto confié en lo que me decían en la notaría....

Como no vivo en España pues no he leído el ultimo documento de la herencia, hasta ahora en mayo cuando he ido a España y he recogido todos los documentos.

Yo además tengo intención de comprarle la parte del piso de los hijos herederos. Pero, por supuesto debo saber cuan grande es esa parte, y por eso leí detenidamente los documentos y descubrí esto....

En cuanto al dinero también hemos tenido un poco de dudas, porque a mi madre nadie le ha informado sobre los movimientos del mismo. Ni el Banco ni nadie. Pero como no se trataba de cantidades grandes, no hemos seguido.

Agradecería mucho que me indicara qué puedo hacer para aclarar esto lo del piso.

De nuevo, muchas gracias.

Usted me hablaba de "escritura de herencia" y supuse que era el borrador del documento que habrían de firmar ante notario.

También hay gente que llama escritura de herencia al testamento.

En fin, que hay que llamar a las cosas por su nombre ya que si no, es difícil contestar a una pregunta sin riesgo a contestar mal.

Por lo que ahora me dice, parece ser que lo que han firmado es el llamado "cuaderno particional", que es la escritura de reparto y aceptación de herencia.

Comprendo que no haya utilizado las palabras exactas, pero verá que por una palabra todo puede cambiar.

Desde luego, lo que se firma ante notario (porque creo que han firmado ante notario el cuaderno particional), es lo que ha quedado dividido y de la manera que todos han querido.

Está claro que si es así, se han aprovechado de la buena fe de su madre (o de usted) y le han quitado la parte de la herencia que le correspondía.

Le han dejado sin ese 16,66% de propiedad del piso.

¿Qué puede hacer? Pues llevarle los documentos a un abogado y que los estudie.

Ya ve que una palabra puede alterarlo todo. Hay que ver los documentos originales.

El abogado decidirá si se puede impugnar lo firmado en el cuaderno particional.

Lo veo difícil pues ya se ha firmado ante notario y en España, eso vale más que nada, pero repito, hay que ver y leer los documentos originales.

Y en principio, creo que se han aprovechado de su inocencia.

También hay que leerlo para ver que dice el cuaderno sobre el usufructo.

Porque lo que dice el testamento está claro, pero no pueden haberla dejado sin usufructo ya que no le han adjudicado el tercio de libre disposición que aparece en el testamento.

Muchas gracias por su ayuda.

En efecto lo que se firmo ante notario fue la aceptación de la herencia.Y allí me explicaron ciertas cosas que... bueno. Intentare enseñarle los documentos originales a un abogado y a ver que se puede hacer.

Vd me ha ayudado mucho con sus respuestas.

Un saludo

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