Reparto de Herencia mitad piso

Hace ya 10 años murió nuestro padre. Somos dos hermanos. Nuestra madre ya había fallecido mucho antes. No se hizo testamento por parte de ninguno de ellos. Tenemos el certificado de ultimas voluntades de no existir testamento de ninguno de ellos. No se ha realizado aún la declaración de herederos. El único bien que quedó para la herencia es un piso, que ha estado disfrutando hasta ahora mi hermana. Nos dicen en notaria que el impuesto de sucesiones ha prescrito y que los gastos totales de declaración de herederos es de aproximadamente de 1.100 euros. Yo en este momento, paso por algunas dificultades económicas y le he propuesto a mi hermana arreglar las cosas y hacer el reparto de la herencia.
Ella me ha expresado la idea de comprar la parte mía de la herencia para seguir disfrutando del piso (es soltera y tiene un grado de minusvalía del 65), pues es un piso que pretende habitar de por vida. ¿Qué trámites deberemos realizar?. ¿Se puede hacer la compra de la parte del 50 % en la misma operación que se adjudica la escritura de herencia?. ¿Podría mi hermana pedir un crédito hipotecario para comprarme la parte de la herencia? (Ella es pensionista). ¿Qué cantidad podría pedir? ¿Cuál sería el valor del piso a efectos fiscales?. ¿Qué repercusión tendría para mi declaración de renta del año próximo?. ¿Cuál sería el verdadero incremento patrimonial a declarar por mi parte en renta del año que viene?.
Me han hablado que seria más ventajoso una extinción de condominio. ¿Seria mejor el tratamiento fiscal?
La relación entre mi hermana y yo es excelente.
Perdón por el abuso de tantas preguntas, pero estoy hecho un lío y espero unos consejos y contestación por parte de alguno de ustedes.
Gracias de antemano
{"lat":37.7185903255881,"lng":-1.40625}

1 Respuesta

Respuesta
1
Efectivamente, lo mejor que pueden hacer, si su hermana quiere quedarse con todo el piso, es aprovechar el momento de hacer la escritura de herencia para que, en la misma y sin coste fiscal, pueda adjudicarse ella íntegramente la vivienda a cambio de abonarle a ud. su parte en dinero. Con ello pueden tener importantes ahorros, pues evitan tener que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
En cuanto a que el Banco le preste a su hermana ese dinero para pagarle a ud. es otra cuestión totalmente distinta. En principio, como el cualquier venta ordinaria, podría prestarle dinero constituyendo hipoteca sobre la vivienda. En cuanto a la cantidad que le pueden prestar es totalmente imposible contestar a esto pues dependerá de muchas circunstancias y, sobre todo, del valor de la vivienda (que será el que tase una entidad indpendiente) y del banco o caja de que se trate.
En cuanto a su declaración de la renta, como la cantidad que ud recibe es más bien por herencia, no estaría sujeta al IRPF.
En fin, aunque no pueda contestarse a todo, espero que esto le oriente algo.
Puede informarse de todos estos trámites en nuestra web www.aherencias.es

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas