Herencia condominio.

Hola. Formulo unas preguntas por si me supieran resolver mis dudas.
La situación es la siguiente. Vivo en mi casa de siempre, vivía solo con mi padre y falleció. Tengo 4 hermanos de una primera mujer que estuvo casada con mí padre y falleció, por lo que a mis 4 hermanos les pertenecen el 50% de la casa. Mi padre se caso de segundas con mi madre, por lo que le pertenece a mi madre el usufructo de la casa, pero me lo cedió a mí en un porcentaje por lo que la parte de mi padre se reparte entre 5 más el usufructo en mi beneficio.
Yo sigo viviendo en la casa de la herencia. Las preguntas son: ¿Tengo algún derecho a comprar la casa? ¿Me pueden obligar a vender mi porcentaje y consecuencia la casa? ¿Me pueden echar de la vivienda? Todo esto teniendo en cuenta que mis hermanos tienen un porcentaje mayo que el mío.
Espero vuestra contestación, gracias de antemano.

2 respuestas

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En primer lugar usted sí tiene derecho a comprearle la casa a sus hermanos si sus hermanso se la quieren vender.
Evidentemente del precio final de la casa usted tendría que descontar el usufructo y su parte proporcional. Es la cantidad que tendría que pagar a sus hermanos para comprarles la casa en su totalidad.
Sí le pueden echar de la vivienda u obligar a venderla, iniciando una demanda de partición de herencia.
Usted tiene la opción de negociar un alquiler con ellos o la compra de la casa.
No sé cuál es la disposición de sus hermanos respecto al tema pero siempre es mejor que llegues a un acuerdo.
Existe un despacho experto en herencias y negociación de las mismas para mejor entendimiento de las partes.
Si tiene cualquier otra duda no dude en comunicarse conmigo.
Muchas gracias por la contestación.
Sabrías indicarme quien establecería el precio de la vivienda, al ser yo parte interesada. Y si al haber vivido siempre en esa vivienda, asumiendo el gasto de la vivienda tanto ibi derramas de comunidad etc.. tengo algún tipo de preferencia o derecho.
Muchas gracias de nuevo.
Lo normal es que se valore en escritura por el valor mínimo de referencia que se lo indicarán en la consejería de tributos de la comunidad a la que pertenezca. Si usted quiere comprar le interesa este valor.
Si no es así, se debe hacer una tasación para saber cuál es el precio de mercado. ¿Una tasación le puede costar entre 200 y 300? Dependiendo del valor de la casa.
Por lo demás, sólo podría descontarse a su favor los recibos que haya pagado desde el fallecimiento de su padre.
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¿Tengo algún derecho a comprar la casa? No puede obligar legalmente a sus hermanos a que le vendan la casa, aunque, teniendo Ud el usufructo, lo normal es que sus hermanos estén interesados en la venta, siempre y cuendo les ofrezca un precio justo (ej, tras hablar con ellos, hacer una tasación, etc..)
¿Me pueden obligar a vender mi porcentaje y consecuencia la casa? Sí pueden obligarle a vender la casa, aunque, teniendo Ud el usufructo, es un proceso farragoso. Al tener Ud el usufructo, su derecho es superior al 20% (hay una fórmula de cálculo del valor del usufructo, basado en la edad de su madre).
¿Me pueden echar de la vivienda? Todo esto teniendo en cuenta que mis hermanos tienen un porcentaje mayo que el mío. Mientras viva su madre, no pueden echarle de su casa y, en cualquiera de los casos, tienen difícil el echarla. En cambio, sí que podrían solicitar judicialmente la venta de la casa.

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