Herencia y fallecimiento de heredero

Mis padres hicieron un testamento donde figuramos como herederos mi hermano y yo a partes iguales. Como había problemas con mi hermano y su familia, antes de fallecer mi padre modifico su testamento y en el nuevo seguimos figurando como herederos a partes iguales, pero el usufructo es de mi madre caso de fallecer mi padre y viceversa en caso contrario.
Mi padre falleció hace 10 años y el caso es que mi hermano acaba de fallecer hace 2 meses, con lo que tenemos una duda:
¿Los herederos de mi hermano tienen algún derecho de la herencia de mis padres el día que fallezca mi madre? ¿Puede la familia de mi hermano reclamar parte alguna de la herencia u obligar a mi madre a vender su casa para darles su parte, si es que les corresponde algo?

2 Respuestas

Respuesta
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Sí tendrán derecho a suceder por derecho de representación. No podrán reclamar nada a su madre mientras viva.. porque la legítima está respetada. No la pueden obligar a nada.

Respuesta
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Ante todo mis condolencias.

Faltaría un pequeño dato, y es saber si la herencia dejada por su padre ya ha sido aceptada. Responderé suponiendo que no, porque así lo parece. Entenderé también que su hermano tiene hijos. Si me equivoco en algo, por favor, hágamelo saber.

En el Código Civil se regula el derecho de transmisión en el caso de fallecer un heredero sin haber aceptado o repudiado la herencia, heredando su parte sus propios herederos. Por lo tanto y efectivamente, los hijos de su hermano tienen derecho a la parte de herencia que le correspondía a éste. Ello independientemente de que fallezca su madre, pues ya son herederos de su hermano.

Y como tales herederos, y suponiendo que su hermano tenía derecho a parte de la casa, ellos podrían instar la aceptación de su parte de la herencia, convirtiéndose en copropietarios de la casa en la cuota que les corresponda. Otra cosa es lo de obligar a vender la casa para darles su parte. Tenga en cuenta que se les podría dar el equivalente en dinero, evitando que se conviertan en copropietarios de la casa. O, en el caso de que se convirtieran en copropietarios, usted y su madre podrían comprar su cuota de propiedad.

Espero que le sirva esta respuesta.

Un saludo.

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