Herencia de extranjero fallecido en España

Un cococido mío de nacionalidad rumana ha muerto recientemente en España, dejando algunos bienes como un piso, un coche y cuentas corrientes. Cuando su mujer ha querido arreglar la documentación y hacer la declaración de herederos le dijo el notario que al ser un ciudadano extranjero se tenía que aplicar la norma extranjera, y en las normas de su país se dice que se aplicará la norma del lugar donde vivía el fallecido a su muerte.
¿Entonces, qué norma hay que aplicar? ¿Tendrá qué ir a Rumanía para arreglar la herencia o puede hacer desde España? ¿Necesitará algún documento o traducir la norma rumana y llevársela al notario español?

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Lo que usted ha narrado (la legislación española se remite a la rumana y a su vez la rumana a la española) se denomina un reenvío de primer grado y es aceptable por la legislación española.
Necesitaría arreglar algunas cuestiones para demostrar la existencia de tal reenvío a través de la legalización de los documentos.
Somos un despacho de abogados especializado en herencias si necesita mi ayuda me puede llamar al 607648981 o [email protected] . Las consultas son gratuitas, si iniciáramos algún trámite le daríamos antes un presupuesto.

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