¿Cómo disponer de un piso de tres herederos, no habitado, pero utilizado por uno solo con llaves?

Se trata de un piso heredado como única propiedad entre tres hermanos. Uno de ellos ha estado viviendo en el durante 18 años, haciéndose cargo de los gastos de comunidad y los propios del piso. Esta ha fallecido y durante 2 años, su hijo (heredero de la parte de su madre) y su pareja de hecho (padre del niño) han seguido habitándolo bajo el mismo régimen. El niño es menor, así que es el padre el tutor. Desde hace 8 meses se trasladan a otro piso de protección oficial, pero siguen manteniendo el otro como "almacén de enseres", negándose a pagar los gastos de comunidad e IBI desde el mismo mes que ocuparon su nueva vivienda, ni en total ni la tercera parte (gastos que hemos tenido que pagar nosotros para evitar males mayores). También se niega a proporcionarnos las llaves del piso para acceder a el alegando que todavía tienen enseres en el mismo y manifestando que no está dispuesto a dar su consentimiento para la venta o alquiler del inmueble, que sería nuestra intención. Eso sí, ha dado de baja la luz y el agua porque estaban a su nombre.

¿Cómo podríamos recuperar nuestra propiedad? En ningún momento queremos perjudicar a nuestro sobrino, ¿pero no podemos permitir esta situación que parece más una venganza?, ya que parece enajenado y nos culpa de todas sus desgracias, cuando nosotros nunca le hemos presionado, solo le manifestamos nuestra intención de vender (pero que se tomara el tiempo que necesitara), beneficiándonos tanto nosotros como su propio hijo.

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Intentaré ser breve, aunque este tema es complicado.

Lo primero, que dice que el piso es heredado.

Quiero creer que lo pusieron a su nombre.

Que no sigue a nombre de sus padres.

En este caso, están los tres hermanos en PROINDIVISO.

Esta situación es la que produce más problemas, gastos y ruptura de relaciones familiares del mundo.

Le recomiendo que se lea un artículo que puede buscar en GOOGLE. Se llama: "proindiviso la manzana envenenada".

Léalo bien, pues les explica muy claramente la situación en la que están y las soluciones.

Luego, ya si quiere puntualizar algo, me lo dice y lo analizamos.

Gracias por contestar tan rápido, ya he leído el artículo y, aunque descorazonador, es muy "conciso y concreto", pero queda una cuestión: no podemos entrar en el piso para comprobar en que estado se encuentra. Aclaro, nuevamente, que durante los últimos 8 meses nosotros hemos pagado los gastos de comunidad y el último IBI . Si llamamos a un cerrajero ¿nos puede denunciar?. Si efectivamente el piso está a nuestro nombre.

Ahora me dice que el piso está a su nombre.

Por lo que ahora veo que aceptaron la herencia ante notario, llevaron las escrituras al registro, y son ustedes copropietarios.

Como copropietarios tienen derecho a tener llaves y el libre acceso.

Pueden escribirle pues un burofax, con certificado de contenido y acuse de recibo.

Dando un plazo para que tras recibirlo, les hagan entrega de un juego de llaves.

Un plazo prudencial, por ejemplo de un mes.

Si no lo hacen, pues van, cambian la cerradura y en paz.

Ponen a su disposición un juego de llaves y listo.

(Nuevo burofax con certificado de contenido y acuse de recibo) diciéndoles que pueden recoger su juego de llaves cuando gusten.

Si quieren "rizar el rizo", pueden ir con el cerrajero y acompañados por notario que haga inventario y tome fotos de lo que hay.

¿Si les puede denunciar?

Pues verá, ¿quién puede denunciar?... los propietarios.

Usted es propietario.

¿Ese señor es propietario?... no.

Ese hijo ha aceptado la herencia de su madre ante notario, ¿y por tanto a pasado a ser el nuevo propietario?... no.

Entonces ¿quién va a denunciar?.

Repito que los únicos que pueden denunciar son las personas que tengan derecho a ello. : Los propietarios.

Y ellos no lo son.

Un saludo y no olvide FINALIZAR LA PREGUNTA. Hasta otra.

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