¿Puedo empadronarme con mi hija en otra provincia y después de 3 meses solicitar allí la separación?

Vivo en Cataluña desde hace casi 7 años, estoy casada y tengo una niña de 4 años nacida aquí. Me casé en Sevilla porque yo soy de allí y luego nos mudamos a Manresa. Desde que tuve a mi hija mi vida está siendo un infierno. Dejé de trabajar porque no teníamos familia cerca para ayudarnos con la niña, pues los padres de él viven a 80Km de distancia, y al ser una niña bastante enfermiza decimos que era lo mejor. Desde entonces he sido maltratada psicológicamente casi cada día, que si eres una guarra, una floja, una mantenida, una gorda, te voy a dar una ostia, te voy a arrancar la cabeza, me ha tirado objetos, etc. Ahora estoy tan hundida que incluso pensé en suicidarme, pero mis padres vieron algo y hablando conmigo consiguieron que les contase algunas cosas, no todas porque ellos viven a 1000 Km y no quiero preocuparles demasiado. Tras este apoyo he sacado fuerzas para tomar la decisión de separarme pero no quiero denunciar a mi pareja por mi hija y además porque no tengo pruebas ya que siempre lo he callado todo, y me encuentro de nuevo hundida pues resulta que en Cataluña hay una nueva ley que otorga la custodia compartida como mejor opción. Yo no tengo medios económicos, ni familia, ni amigos aquí, estoy buscando trabajo pero al no hablar ni escribir catalán y tal y como está la cosa de mal no encuentro nada. La única opción que veo es ir de visita a mi casa con la niña y empadronarnos las dos allí y luego volver y esperar a que pase el verano para poder hacer algo desde allí, ¿puedo hacer eso?

2 respuestas

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No le aconsejo que se empadrone en un lugar y viva en otro, porque está yendo contra la normativa vigente.

Tendrá que pensar fríamente qué es lo que considera más adecuado para su hija y para usted misma, porque no puede estar en un sin vivir, y sufriendo maltrato psicológico y de obra, aunque no la agreda físicamente, sí la ha arrojado objetos. La violencia tiene diversas formas de manifestarse.

Eso es motivo más que suficiente para interponer una denuncia en el juzgado e iniciar el divorcio. Si no tiene medios tendrá que acudir al Colegio de Abogados de Barcelona contactando por correo electrónico con dicha institución o acudiendo al Servicio de Orientación Jurídica de Manresa para que le tramiten la asignación de Abogado y Procurador de oficio.

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pero si lo hiciese podría interponer la demanda desde allí

me sirven los mensajes donde me amenaza que guardo en otro móvil como pruebas para la denuncia?

Si le sirven porque basta con que su abogado lo aporte como prueba o se pida a su compañía de teléfonos un listado de los mismos.

Será Juzgado competente para conocer de estos Procedimientos de divorcio el del último domicilio conyugal o el del domicilio de cualquiera de los cónyuges, a elección de los demandantes.

Los Juzgados suelen requerir que se acredite su competencia territorial, motivo por el que se acompaña con la demanda un Certificado de Empadronamiento (donde conste inscrito el matrimonio o uno de los cónyuges. Puede empadronarse, pero le aconsejo que si lo hace comience a vivir ese mismo día.

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La separación o divorcio debe llevarse a cabo en el último domicilio conyugal, en caso de que usted solicitara la separación o divorcio sin el consentimiento o acuerdo de su expareja.

No obstante, si dice que no tiene medios, lo mejor que puede hacer es acercarse al colegio de abogados de su localidad y solicitar abogado de oficio. El le dirá, a la vista de su caso, las posibilidades que tiene de demandar donde usted quiere.


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