Estoy casado y tengo una hija. Pienso en separarme y no sé que tipo de derechos y obligaciones tengo

As.
Estoy casado desde hace 6 años y tengo una hija de 3 años en común con mi pareja. Estoy pensando en la separación, y me encuentro con algunas dudas al respecto.
En cuanto al tema de hijos: mi mujer dice que se quedará con mi hija y que tendré que pasarle una manutención.
Sobre el tema de inmuebles: Yo compré un piso de soltero y terminé de pagarlo dos años después de casarme. Mi mujer me reclama el piso.
La situación familiar que tenemos es, que ambos trabajamos.
Si yo pido la separación, ¿Qué derechos tengo para con mi hija?, ¿Qué derechos tengo sobre el piso?. Aunque tenemos cuantas propias en distintos bancos, ¿Qué derecho tengo sobre mis propias cuentas?.
Si por el contrario, la separación la hiciésemos de mutuo acuerdo, ¿Cómo quedaría todo?.
Son muchas las preguntas que les estoy haciendo, pero les estaría muy agradecido si me pudiesen contestar.

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En primer lugar necesito más datos sobre lo que vd pregunta, pero conoa información dad
1º Hija: al ser tan pequeña lom a es probable es que la guarda y custodia quede a favor de la madre teniendo vd derecho de visitas ( normalmente fines de semanas alternos y uno o dos días a media semana )y la mitad de las vacaciones escolares de navidad, semana santa y verano
Si su esposa queda con la niña tendrá derecho a que le page al mes una cantidad en concepto de alimentos
En cuanto a la vivienda
La propiedad es suya, com bien privativo ( entiendo que están casados por el régimen de gananciales) por lo que su esposa le puede pedir el USO de la vivienda en tanto que ella tenga la guarda y custodia de la niña
Al separarse deberá hacer liquidación dela sociedad de gananciales, por tanto el dinero de las cuentas corriente, si proviene de ganancias realizadas durante el matrimonio deberá dividirse entre los dos
Les recomiendo siempre el mutuo acuerdo, así vd podrá pactar otras clausulas más favorable ya que lo dicho anteriormente es lo quele va a conceder el Juzgado
espero haberle sido de utilidad .
Estimados Señores.
Sólo les quiero pedir una pequeña aclaración al respecto.
¿Hasta cuándo se concede la guardia y custodia de los hijos?
¿Cuándo cumpla el tiempo de custodia, el piso al que hago referencia pasa a uso y disfrute mío en su totalidad?
Muchísimas gracias por su atención y por su dedicación de tiempo.
Reciban un cordial saludo
Suele ser indefinida pero si cambian las circunstrancias se puede pedir una "modificación de medidas "
El uso se lo dan al cónyuge que se queda con a guarda y custodia de los menores, hasta su mayoría de edad

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