Bbva y seguro protección de pagos

Firmé un contrato de compraventa de una VPO, en el que venia estipulado la subrogación en la hipoteca que el constructor tenia con el bbva. Para un préstamo de 89000 euros nos exigen un seguro de protección de pagos (ellos lo llaman "de vida" pero en realidad se protegen ellos si alguno de nosotros fallece), cada uno de los cónyuges asegura la mitad del préstamo de forma que pagamos 1800 por mi y 1300 por mi marido. El seguro tiene una duración de 300 meses. Nos amenazaron con que si no pagábamos esa cantidad de una sola vez no nos concedían el préstamo, incluso que no nos lo hacia de pago anual porque entonces (palabras textuales del comercial): "pagábamos el 1º año y el 2º lo dábamos de baja".
Les dije que me iba a otro banco (cosa que no podía hacer porque perdía las ayudas a la compra que la junta daba hasta finales del año pasado, ellos lo saben y de eso se aprovechan). Entonces recularon y cambiaron las condiciones: bastaba con que uno de nosotros se hiciera el seguro, por mi tenia que pagar 1800 euros por seis años, pagado a tocateja. Estas condiciones me parecen absurdas y arbitrarias, no es un préstamo de 40 kilos, somos solventes los dos y no tenemos ninguna deuda.
Después de bloquearnos la cuenta durante 3 días nos cargaron el seguro el día 1 de abril de este año, pero yo no he firmado nada, porque el día que quedamos con el comercial tenia una reunión y con muy poca educación nos echó. De eso hace cuatro meses. Ahora me llama a todas horas para que vaya a firmar.
Según el servicio de atención al cliente, nos pueden cargar el seguro porque está vinculado a un préstamo, pero he leído la escritura de compraventa del piso y subrogación de la hipoteca y no hace mención a ningún seguro.
Ahora bien, si me pueden hacer el cargo por el artículo 33, ¿para qué quieren mi firma? Y si no he firmado, ¿tiene alguna validez ese seguro?
Espero me haya entendido porque me explico fatal y tampoco entiendo mucho de estas cosas. Solo quiero saber si el dinero del seguro lo puedo recuperar y si tengo que firmar si o si.

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Dale arden:
En primer lugar y muy importante, el banco no te puede obligar a contratar un seguro contra tu voluntad, esto está terminantemente prohibido por la Ley de Mediación de Seguros, les pueden sancionar duramente y esto lo saben.
Segundo, el seguro que te han hecho y no has firmado, no tiene validez si tu no lo pagas y no lo firmas, esto como te he dicho antes es prohibido por la ley.
Por lo que me dices, es un seguro protección de pagos, pues en este caso, las garantías se amplían a darte cobertura por si estas en paro, no solamente a que fallezcas. Si es por fallecimiento o invalidez es un seguro de vida.
El único seguro que te pueden obligar a suscribir, pero no con quien ellos digan, es el seguro de incendios del bien hipotecado, el resto no tiene absolutamente ninguna obligación de hacerse.
Que no te tomen el pelo y habla con tu entidad financiera, si se ponen chulitos, presenta una denuncia ante la Dirección General de Seguros, verás como a esto si que atenderán y se lo tomarán en serio.
Algunas entidades financieras, como la que estás hablando, proceden de esta manera, sus empleados son legionarios que tienen que cumplir unos objetivos impuestos y son capaces de hacer cualquier cosa por conseguirlos, si no lo hacen son degradados e incluso en algunos casos despedidos, esas entidades deberían de estar fuera de este país trabajando, son usureros.
Espero haberte aclarado algo el tema, pon encima de la mesa tus derechos y que no te tomen el pelo, el banco busca una brillante comisión por tu seguro que está en orden del 30 al 40% de la prima, y esto es muy suculento para ellos.

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