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Hola.
La obligación, o no, de tener seguro de responsabilidad civil lo marca la normativa sobre la actividad en la comunidad autónoma correspondiente. Al daros de alta con esa actividad os deberían dar la normativa y, por lo tanto si os exigen un seguro de RC. Si ya estáis dados de alta y no os lo han pedido, entiendo que no es necesario.
Ahora bien, que no sea obligatorio no quiere decir que no sea muy, pero que muy recomendable. Yo que vosotros pediría presupuesto de seguro que cubra responsabilidad civil de la actividad (organizadores de actividades de senderismo y similares... o lo que sea). Este seguro cubre en caso de que alguien os denuncie porque tenga un accidente durante la realización de la actividad o le pase cualquier cosa que quiera achacaros. La responsabilidad sería del club y, subsidiariamente de los directivos del mismo.
También podríais mirar si existe la posibilidad de contratar una póliza de accidentes para las personas que hagan la actividad con vosotros. Un seguro que cubra el fallecimiento, la invalidez y sobre todo los gastos médicos, ya que si tienen un accidente os lo puede reclamar la seguridad social.
En cualquier caso, te recomiendo que consultes con un corredor de seguros que tengas próximo. Siéntate con él y expònle lo que hacéis y él te buscará lo que necesites.
Un saludo
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