Extinción por condominio con complicaciones

Publicado: Mie Feb 11, 2009 12:58 am Asunto: Extinción por condominio con complicaciones uRGE!
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Tengo una duda ante la extinción por condominio respecto a hacienda os pongo un ej
compro vivienda a 50% mio 50%expajera, el problema surge ahora a la hora de hacer extinción y dar supuestamente su parte, el no pide nada dice que firma lo que sea, pero claro no es tan fácil, puesto que no se hasta que punto hacienda mete mano, el piso se compro 300000e, pongamos que se extingue 303000e, hipoteca de 213000e ahora viene mi pregunta hacienda se mete en esto que seria 303000e-213000e=90000e/2
= 45000e tendria k darle?¿? Puesto que esto no es real , el no quiere dinero (por razones personales). El caso es que si voy a hacer escritura se puede pactar pero me molesta tener que pagar lo mismo 6000e a hacienda por su parte la de mi expareja para k esa ganancia supuesta no tenga k gastarse un duro, puesto que no se llevaria nada, esta esa opción y no veo otra menos costosa, puesto que donación es mucho dinero.
Yo me encargaría de ajd y también de itp o solo de uno ajd que es un 1%
y el supuestamente de 30000e un 18% seria 5400e que los tendría que pagar yo, también los gastos de todo no se puede dejar o demostrar que yo pagaría los gastos de todo puesto que claro el no los va a pagar, no se puede hacer como que de esos 30000e se van a gastos 4000e no se el caso es que pagar a hacienda por un error que se cometió me parece injusto.
Yo lo comente con un asesor fiscal y me dice que hacienda lo único que mira es valor compra valor venta, no en si t queda tanto de hipoteca y le correspondería tanto, como que dentro de sus valores de mercado hicieran 303000e (venta)-298000 (compra) =4000e de hay tanto se gana se declara y el que compra hace la extinción por 303000e=seria 3030e, etc etc, necesitaría me aclarases en caso de hacer la operación que pasos he de seguir y exactamente que se pagaría tanto por la parte de uno como la de otro

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Prácticamente te estas contestando tu misma, hacienda dice precio de compra (o adquisición) - preciode venta (o transmisión) MENOS LA DEUDA DE LA HIPOTECA, (que es el benefio real que se obtiene) es decir de la extinción de condominio se deduce que hay 90000 de beneficio (45000 cada uno).
Porque si no seria 303000-300000= 3000 de beneficio (1500 cada uno) pero entonces como su parte (lo que vale su mitad - la mitad de la hipoteca) como te la quedas tu hacienda si podría imputarte esos 42000 como una donación y entonces te cruje, por eso es más conveniente la opción que tu misma planteas
Quien no se quede la vivienda obtiene esos 45000 de beneficio (lo cobre o no lo cobre ) y en la renta siguiente tiene que declararlo y ES el único RESPONSABLE PORQUE ES SU RENTA (aunque se la quieras pagar tu, lo calculáis y se lo das bajo mano). No hay otra forma.
Quien se queda la vivienda NO OBTIENE BENEFICIO sujeto a renta.
El impuesto en una extinción es el 1% sobre valor total que coste en la escritura. El resto de gastos es notario, registro, comisión del banco por la subrogación en el total de la hipoteca de quien se queda la vivienda y gestoría para los tramites.
Ahora bien ¿realmente escriturasteis por los 300.000, o eso fue el precio que pagasteis?
Porque si escriturasteis por menos la extinción la podéis hacer quizás por un poco más tan solo de ese valor, eso si, siempre que ese valor sea superior a la deuda actual de la hipoteca.
Lo que no se es de donde salen los 30000 que comentas
Esa es mi opinión

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