Titulo de propiedad

Hola hola
Me gustaría preguntarte como es posible que empresas
que tienen deudas y ademas son dueñas de propiedades puedan entran en mora
o impago a acreedores sin que estos puedan pedir al juez o al ejecutor que embargue estas
propiedades para saldar la deuda
- Me interesa de manera especifica : ¿De qué manera ellos poseen estas propiedades
que limite a la ley embargar o tocar en caso de un embargo?
Gracias

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Desconozco el caso que tiene en mente y no conozco sus peculiaridades. No obstante, desde mi punto de vista, si hay una deuda y bienes a nombre del deudor, se puede embargar y pedir la ejecución.
En el caso de las uiebras, este es un procedimiento especial que en las primeras fases lo que intenta es poner de acuerdo a los acreedores para poder acabar con la diferencia entre ingresos y pagos. No obstante el procedimiento termina con la liquidación de los bienes, si no hay viabilidad en el concursado.
Si esto es claro...
Al tener un demandado una propiedad a su nombre, en un caso de deuda o embargo,
estas propiedades entran en el juicio y el demandado puede perderlas.
Lo que más me interesa saber es como los grandes empresarios o gente de dinero, protegen sus propiedades o bienes imnuebles específicamente. De manera que tienen control sobre sus propiedades y hacen uso de sus beneficios sin que estén a nombre de ellos.
Se que algunas de estas propiedades pueden estar a nombre de sociedades de responsabilidad limitada o a nombre de hijos pero me gustaría saber los pormenores de estos títulos de propiedades.
O si me puedes recomendar algún libro o lecturas relacionadas con el tema
Muchas gracias por tu ayuda y tiempo
Buen día.
Un abrazo.
La doctrina es la del "levantamiento del velo". Derecho Penal. De todas formas, algunos de los grandes empresarios contratan prestamos a nombre de las scoiedades pero no firman como deudores solidarios.
Las deudas las acumulan las empresas, pero a ellos ni les tocan. Otra forma de perseguirlos es en la fora de los diferentes delitos relacionados con su gestión al frente de las sociedades, Ley de Sociedades Anónimas, cuyo articulado en lo referente a los admnistradores aplica a las SL
Esos supuestos deben estar bien establecidos, para poder perseguirlos.
En todo caso si no tengo pruebas de delitos relacionados con la deuda que ellos tienen con una empresa por, ¿prácticamente puedo dar por perdida la deuda?
Gracias
Besos.
La investigación debe ser exhaustiva. No solo hay que pedir inormación de las sociedades, hay que ver como están relacionados miembros de la familia, testaferros, etc.
Hay una doctrina y l trabajo previo consiste en estudiarla a fondo (yo no lo tengo actualizado) y a partir de aquí examinar el camino a seguir, lo que se puede llegar a probar y sobre todo cobrar. Imposible no hay nada, pero hay que trabajrlo mucho.

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