Rescate Plan de Pensiones

Me he jubilado con 65 años en 31-12-1998 y en esa fecha tenía un Plan de pensiones individual cuyos derechos consolidados ascendían a 150.000 Euros.
Le Entidad en que tengo el Plan me informó de las distintas posibilidades de cobro y me aseguró que podía acogerme al Régimen Transitorio y que podía beneficiarme del 40% de reducción si rescataba el dinero en un mismo ejercicio fiscal.
En fecha 30 de Abril rescaté 50.000 Euros y dejé 100.000 en el fondo para empezar a cobrar una renta financiera de 850 Euros a partir de 1 de Enero de 2010.
Debido a que hoy necesito 75000 Euros me he dirigido de nuevo a mi Entidad para rescatarlos. El caso es que en el momento de solicitar la operación no fui informado de las cantidades que corresponderían tanto a la retención como al abono líquido del rescate puesto que en el documento que firmé no aparecía más que el rescate nominal.
Cuando, a los dos días me abonaron un anticipo a cuenta sospeché que la retención aplicada era excesiva y me puse en contacto con ellos para pedir aclaraciones. Ahora me dicen que como tenía contratada una renta financiera el cobro de 75.000 Euros no se considera rescate sino anticipo de capital. En consecuencia no es aplicable la reducción.
A la vista de la situación he solicitado la retrocesión de la operación. Espero que pese a haber transcurrido 2 días ello sea posible.
Si, a pesar de todo la operación no se puede retroceder
¿A quién y como puedo acudir a presentar una reclamación?

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Los planes de pensiones son muy delicados de tratar, ya lo has padecido en tus carnes. Nos confiamos en la persona que nos atiende en el banco y, por la política de ahorro en costes de personal, muchas veces la persona que nos aconseja mira más por los intereses del banco, que por informar correctamente al cliente.
Hay que tener mucho cuidado con las decisiones que se toman, y ahora te habrá costado un pastón el rescate de esos 75.000 euros.
Si me dices de que entidad se trata, te puedo buscar el defensor del cliente o el servicio de atención del cliente.
También lo puedes buscar tu en la web del Banco de España www.bde.es >Portal del cliente bancario > Quejas y reclamaciones.
Hola Jemilio:
Muchas gracias por tu respuesta. Supongo habrás advertido que me equivoqué al darte la fecha de jubilación como 31-12-98 (fue 10 años más tardel= el 31-12-2008) aunque tal vez este dato no sea decisivo para determinar el alcance de la operación.
En esencia, el caballo de batalla parece ser la aplicación en mi caso del régimen transitorio de la ley de modificación del IRPF de finales de 2006 de cuyos efectos no fui bien informado.
Hasta que el tema no esté resuelto definitivamente prefiero no hacer público el nombre de la Entidad que si, dado el caso, necesito recurrir al defensor del cliente los buscaré en la dirección del Banco de España que me has facilitado.
Reitero mi agradecimiento y te envío un cordial saludo
JOMAFER

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