Sobre la renta imputada en el irpf de una segunda vivienda

Somos un matrimonio, que tenemos una vivienda habitual en la que vivimos los 2 (declarante y cónyuge), y ademas tenemos una segunda vivienda vacía a nuestra disposición.

Mi pregunta es, de cara a la renta imputada de la segunda vivienda que esta vacía, ¿se puede poner que esta vivienda vacía, es la vivienda habitual de mi mujer, y la vivienda donde vivimos realmente y que es la habitual es la vivienda habitual mía?.

No sé si se puede hacer o si resultará muy descarado, de esta manera nos ahorraremos una imputación de renta por la 2º vivienda vacía.

Esto podría ocurrir cuando existan matrimonios que se lleven mal, pero no están divorciados, y cada uno vive por su lado ¿no es así?, no es nuestro caso, pero hacienda creo yo que no tiene datos al respecto sobre si el matrimonio esta mal o bien.

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Si hace lo que usted indica, tendrá problemas casi seguro... En cualquier caso, les recomendamos se pongan en manos de un abogado que les ayude con esta cuestión y les estudie su caso concreto.

Si ustedes son una unidad familiar, deben vivir en el mismo domicilio (aunque puede haber excepciones), pero ademas, han de estar empadronados y haber comunicado que ese es su domicilio fiscal (esto ultimo se puede hacer en la propia declaración). Ademas, Hacienda verifica los consumos de la vivienda, pues son facilitados por las empresas suministradoras (luz, agua, etc.) y han abierto muchos expedientes sancionadores por este motivo.

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Lo que sugiere es una simulación que no será admitida por la agencia tributaria ya que se presume que un matrimonio convive y si no es así debe acreditar ese hecho y sus motivos

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