Declaración de la renta ej. 2011

Mi pareja y yo no estamos casados ni somos pareja de hecho, tuvimos un niño en enero de 2011;

La opción de tributación para los dos debe ser conjunta (cada uno de nosotros con el niño), ¿reduciendo por tributación conjunta 2150 euros o solamente uno de nosotros si convivimos los dos con el niño?

¿Cuál debe ser la opción de tributación de ambos?

¿Cuál es la reducción que se nos aplicaría a ambos?

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1

Me temo que no os vais a poder aplicar ninguna de las dos reducciones posibles en estos casos. Te explico (existen dos tipos de reducción por tributación conjunta):

- La integrada por los cónyuges no separados legalmente (de 3.400 € anuales):

No os sería aplicable por no estar casados.

- En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan una serie de requisitos (de 2.150 € anuales):

No os sería aplicable porque como requisito esencial es necesario que ambos progenitores

No convivan juntos.

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