Extinción de condominio vivienda

Mi expareja (nunca estuvimos casados, ni fuimos pareja de hecho) y yo, adquirimos una vivienda que se nos entregó en el año 1999. ¿El precio total de la casa fue de 116.000? Más los gastos. Hasta la entrega de llaves, ¿yo desembolsé de mis ahorros particulares la cantidad de 45.000?. ¿La hipoteca se firmó con el banco por importe de 81.500?, y escrituramos a un porcentaje del 65% a mi favor, 35% al suyo, ya que no había pagado nada de este importe, pero a los 3 años de subrogarnos a la hipoteca él se marchó de casa, quedándome yo en el domicilio con nuestro hijo común. Durante 8 años he venido afrontando el 100% de la hipoteca, y desgravándome solamente por el 65% (como corresponde), ya que él se negó a pagar una vez que se marchó de casa. Ahora, y a la vuelta de estos 8 años en que la escritura continúa como al principio, él me ha pedido que hagamos una extinción de condominio y que le compre su parte. ¿En este momento quedan 44.000? De hipoteca por pagar, ¿y la casa está valorada en 238.000?. El banco tiene conocimiento de que soy yo quien paga la hipoteca cada mes, y él en consecuencia me ha pedido una cantidad pequeña: ¿15.000? Por el importe que aportó durante nuestra convivencia en común. Aunque hay que añadir que al separarnos vendimos el trastero y le dí la mitad del dinero de la venta. Al separarnos renegociamos un cambio en el tiempo para pagar dicha hipoteca, dado que la afrontaría yo sola, duplicando el periodo que quedaba para terminar de pagarla.
Mi pregunta es ¿cuánto dinero tendría que pagarle de acuerdo a estas cifras, y de acuerdo a lo que él ha pagado?. Puesto que él reconoce que no ha pagado casi nada, ¿y por esa razón me pide 15.000?. ¿Me interesaría presentar una demanda civil para reclamarle ese 35% que nunca pagó, y liquidarle con esos 15.000 aprox.?, pero indudablemente está todo el tema de impuestos en el medio de esta historia.
He consultado este tema en varias ocasiones con abogadas de asociaciones de mujeres y cada vez me resulta más complicado entender todos los aspectos que entran en juego, y qué parte es la que verdaderamente le corresponde, pues según me han comentado al importe actualizado de la vivienda: ¿238.000? Hay que restar lo que falta de hipoteca, y con esa diferencia hallar el porcentaje correspondiente al 65% y al 35%. Según este calculo, ¿el 35% serían 67.000? Que tendría que pagarle... Y él de ese dinero tendría que pagar: ¿Hasta 6000? Un 19%, ¿y a partir de los 6.000? Un 21%. Y yo tendría que pagar todos los gastos de la reescrituración, y notaría, más el 1% de impuesto de transmisiones.
La verdad es que no puedo entender cómo habiendo pagado yo más del 90% de esa vivienda, tendría que entregarle esa cantidad, y en el mejor de los casos, ¿aunque le diese solamente los 10.000? Que me pide, ¿pagar a Hacienda esos porcentajes del 19? ¿Y del 21% a partir de los 6.000? Por la compra del 35%.

1 respuesta

Respuesta
1
No voy a entrar en lo que le deba dar o no. La vivienda tiene un valor, que deben acordar ustedes o poner como fuente el valor fiscalmente (no catastralmente declarado) que tiene. Ha de restar al valor, el importe de las cargas y sobre ese importe calcular el 50% de las cuotas que ha pagadi de más durante todos estos años.
Un avez hecha la operación matemática, tendrá el importe a pagarle, si están de acuerdo los dos.
http://proindivisos.mediatoris.com/
Hola, Le agradezco mucho su contestación, pero me gustaría comentarle que continúa sin quedarme clara mi situación ante los datos que le he aportado. El valor fiscal de la vivienda es el que le mencioné (238.000) y en función de ese importe tendría que restar lo que queda de hipoteca, y sobre ese importe Ud. me dice que calcule el 50% de las cuotas que he pagado de más durante esos 8 años, pero en realidad a él no le pertenece el 50%, la escritura está al 35% a su favor, el 65% al mío, por lo tanto tendría que descontar el 35% que él no ha aportado durante esos 8 años. ¿Es correcto?
Otro punto a destacar es que dado que no tendría porqué pagarle esa cantidad, pues el importe que él me pide en metálico es muy inferior, supongo que esa diferencia se puede justificar en un documento donde se haga constar porqué el importe de la compra es inferior (pues él sabe que en realidad su aportación real fue muy pequeña) además del reparto que hicimos de los bienes de la casa, más la venta del cuarto trastero (se pagó en efectivo antes de subrogar la hipoteca) y repartimos el importe de la venta al 50%, más un crédito adicional-personal que pedimos para mejoras en la casa (que desconozco si este dato es útil o no).
En este caso, si la cantidad que le entregue más la suma de todos estos conceptos no llega al importe que Ud. me decía que calculase. ¿Cómo se puede justificar esta diferencia? ¿Podría de ser como donación? O tendría que abonar el 7% de IVA de la totalidad del cálculo que Ud. me dice que en teoría le pertenece.
A fecha de hoy parece estar claro que la compensación económica al vendedor no tiene porque ser exactamente igual a lo que dice en la escritura, pero SI a nivel de cotización (IVA... y otros conceptos) por ese importe.
Le doy las gracias por anticipado, y aprovecho esta oportunidad para enviarle un cordial saludo.
Maribel
Verá, usted está pidiendo un consejo profesional concreto y ese servicio no es gratuito. La Notaría le va a cobrar por el trámite, quizás no les importe orientarle en el detalle que necesita.
Cuando le hablo de cuotas, hago referencia a las cuotas del préstamo. Estas son solidarias y por tanto a las malas lo que se puede reclamar es el 50% de las mismas, con independencia de lo escriturado a favor de ambos (lo que afecta a la propiedad). Es obvio que el valor fiscal de la vivienda es el valor que tendrán que declarar frente a Hacienda, salvo que desee una declaración paralela. Si no es así, el valor resultante, el de la vivienda, es el valor a adjudicar, en la parte que cada cual tenga.
Las repercusiones fiscales de cada cual, es un asuno donde no debo intervenir, ni valorar, para eso están los asesores fiscales. Ustedes preguntan que sería lo más equilibrado, pero ante la respuesta prevalecen los acuerdos entre partes.
Muchas gracias por la contestación adicional. Me resulta de gran utilidad porque no sólo es importante poner este tema en manos de una persona con conocimientos, sino que uno mismo también debe de recabar el máximo de información posible al respecto, de lo contrario cualquier opinión puede ser dada por buena, y a mí me gusta tener claro con qué opción voy a comenzar a mover mis fichas. Entiendo que tengo que poner este tema en manos de un abogado fiscal que pueda ayudarme a encajar los números, pero al menos sé qué alternativas debo descartar.
Gracias de nuevo.
Maribel

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas