Subrogación hipoteca, extinción de condominio

Muchísimas gracias por dedicarme unos minutillos. Mi pregunta son varias ya que me traen de cabeza. En mutuo acuerdo mi pareja ha decidido quedarse el piso del que somos un 50% propietarios cada uno y vamos a realizar una extinción de condominio.
-Si realizamos la escritura nueva a su nombre y vamos al banco posteriormente para que se subrogue a la hipoteca mía que pasaría si el banco no lo acepta, ¿podría haber problemas si lo hemos hecha antes de consultar?
-¿Si consultamos antes de ir al notario y lo denegara y hacemos las escrituras nuevas y no se cambia la hipoteca y figura el piso en propiedad el 100% de ella y seguimos estando los dos en la hipoteca con un 50%cada uno que pasaría?
-Puedo hacer esta extinción de condominio y otra compraventa de una vivienda que poseo en propiedad estando de avalista en la empresa familiar o se podría considerar alzamientos de bienes.
Gracias de verdad por el tiempo perdido conmigo, Un saludo
Respuesta
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En la otra contestación creo que ya te apunte algo de esto y si no ahí va.
Puede pasar el primer caso tal y como lo indicas, por eso la conveniencia de hacerlo de forma coordinada con el banco.
El único problema de hacerlo así, te lo contestas tu mismo en la siguiente exposición que haces, el único problema seria que la vivienda seria toda de tu pareja pero fiscalmente no se podría deducir más que del 50% de la hipoteca, or otra parte tu segurias siendo responsable de la deuda aunque caso de ejecutar en el juzgado tienen que cobrarse con la propia vivienda antes de con los bienes personales.
Y en cuanto al alzamiento de bienes ya creo haberte dado mi opinión en la otra pregunta.
Agradezco de corazón tus respuestas, perdona por haber consultado lo mismo pero sobre la primera pregunta que hice no pude ver la respuesta, tengo algunas dudas pero son pequeñas, muchas gracias y hacéis un GRAN trabajo. Un saludo.

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