Subrogarse en la hipoteca del constructor

¿Es obligatorio aceptar las condiciones firmadas por el promotor-constructor con la entidad bancaria, o por el contrario existe una nueva ley que al comprador le libera de esta obligación?
En mi caso, dice la promotora que me resulta más económico subrogarme al préstamo existente (creado por ellos) porque si no lo hago tengo que pagar, además del 1% por cancelación de la hipoteca el 1% de subrogación (según ellos obligatoriamente en cualquier caso).
Las condiciones aunque aún están por "negociar" (según el banco) exige el 1% de subrogación, además de !% Por cancelación total o parcial (innegociables), y no me gusta nada...
En el contrato firmado con la promotora se dice que el comprador autoriza a la parte constructora a crear hipotecas y que el comprador se "subrogaría en esta", por un capital que dependerá de las entregas a cuenta realizadas.
Gracias

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Si tienes otra Entidad que te conceda la hipoteca porque no llegas a la constructora y le dices que tu no quieres hipoteca, que pagas al contado lo que te reste y punto. No debes ni tienes que pagar ni hipoteca, ni subrogación, ni nada.
Plantéale a la entidad que te pueda hipotecar tu vivienda lo que te ocurre y existen prestamos puente y con ese préstamo tu pagas al constructor y una vez que tengas la escritura de tu vivienda, la hipotecas y cancelas ese préstamo puente. Yo lo veo la mejor solución para ti. No obstante realiza números y si te es ventajoso pues adelante.

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