Préstamo autopromotor

Aunque conozco a grandes rasgos el funcionamiento del préstamo autopromotor, hay algunas cuestiones que me gustaría aclarar, si es posible:
- ¿Qué es lo que se tasa a la hora de obtener la cantidad sobre la que se calculará el préstamo: el terreno (suponiendo que sea del promotor) y el proyecto de obra?
- ¿Suele ser necesario presentar el presupuesto del constructor para acceder al préstamo?
- ¿Para qué el banco libere la parte correspondiente del préstamo se presenta sólo la certificación del arquitecto (que puede ser contrastada por el tasador del banco), o son necesarios más documentos?

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En la tasación interviene tanto el valor del solar como el del proyecto de obra.
Es obligatorio presentar el proyecto técnico, que no será del constructor sino del Arquitecto Redactor.
En principio suele ser suficiente con las certificaciones parciales y llegado el momento la certificación final del arquitecto director de la obra, que será revisada por el banco.
El banco en su momento, al inicio de las obras, suele solicitar la escritura notarial de declaración de obra en construcción, hipoteca sobre la misma e inscripción en el registro. Al final de las obras suelen pedir la elevación de la escritura de obra, por la de obra terminada, a efectos de renovar la inscirpición registral.
También le hará falta la licencia de obras del Ayuntamiento, antes de su inicio, y el pago del ICIO (impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras) y de la TAsa municipal, si existe.

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