Contabilización facturas de servicios de peluquería

En una peluquería canina, cuyas ventas son por la realización de trabajos por corte de pelo, baño etc... ¿cómo tendría que contabilizar estas ventas?

Sería:

(430) clientes a ventas mercaderías (700)

Iva repercutido (477)

¿O en lugar de emplear la cuenta 700 de ventas sería una de prestación de servicios (705) y tendría aplicar retención del 21%?

En caso de tener que emplear la cuenta 705, ¿cómo sería el asiento contable, suponiendo que el cliente paga al contado?


Otra pregunta,

¿Si aparte de los servicios de peluquería, vendiera sólo pienso, ¿es necesario que me dé de alta en otro epígrafe para realizar la venta del pienso?

1 Respuesta

Respuesta
1

Por extraño que te parezca, yo soy experto contable, no experto fiscal. Mis conocimientos de fiscalidad son limitados, así que tampoco puedo asesorarte demasiado sobre temas fiscales, porque no estaría siendo responsable ya que carezco de los conocimientos necesarios para ello.

Ahora bien, tu pregunta es tan sencillita que te voy a dar mi visión, que debes tomar como la visión de un aficionaete, ya que tu pregunta es fiscal y no contable. A ver, si vendes al por menor y a clientes que no son profesionales, no puedes realizar facturas con retención fiscal. Llega una jubilada con su caniche, le cortas el pelo y le pides a la señora 20 euros para ti y cuatro que le tiene que ingresar a Hacienda por tu cuenta. Y la señora jubilada no sabe ni qué es hacienda! No tiene sentido. En cualquier caso la venta minorista y al detall no puede tener retenciones fiscales. En cuanto a la forma de contabilizar, si utilizas una cuenta 700 o una 705... a ver la contabilidad nunca ha de servir EXCLUSIVAMENTE para calcular los impuestos y facilitarle la vida a la inspección de Hacienda. A quien tiene que servir la contabilidad en primer lugar es al gerente del negocio, en segundo lugar a los agentes económicos que se relacionan con el negocio y en tercer lugar, si me apuras, para el cálculo de impuestos. Eso de que a la cta.705 deban ir exclusivamente las ventas que lleven retención fiscal es algo que no comparto, por mucho que haya cafres por ahí que así lo recomienden. Y mi criterio ya te lo he expuesto.

Y te digo que tuve una con un inspector de hacienda que quería levantar sanción porque decía que a la cta 623 solamente podían ir servicios que se realizaran por profesionales, con retención fiscal. Yo tenía metidos servicios realizados por profesionales ¡Desde una SL!. Al final el inspector se fue con el rabo entre las piernas y sin levantar sanción por esto. Y la inició porque no cuadraban las retenciones fiscales con esa cuenta.

Me he enrollado, no he contestado directamente a tu pregunta, pero bueno, es lo que me pide el cuerpo...

Entonces las ventas las realizaré de la siguiente forma:

(43001) Clientes a prestación servicios (705)

Iva repercutido (477)

Sin retenciones.

¿es correcto?

Un saludo

Yo entiendo que sí. Ahora, ten en cuenta lo que te he dicho: no soy experto fiscal, todo lo relacionado con temas fiscales no lo puedes tomar como cierto por mi parte, en sólo una opinión personal.

Vale. Muchísimas gracias de nuevo, yo entiendo que así es correcto.

Una nueva pregunta, para la contabilización del recibo de autónomo,

bases mínimas 2013= 858,60€ para autónomos

bases máximas = 3.425,70 para autónomos

I.T. = 29,80 % 29,30% con cese de actividad ¿?

¿qué porcentaje debo aplicar a la base 29,80 % o 29,30 %?

Bueno, suponiendo que sea el 29,80 %

Si cojo la base mínima 858,60 y le aplico el 29,80%, ¿son 255,86 € lo que tendría que pagar a la seguridad social?

¿El asiento contable sería el siguiente?

255,86 (642.1) seg. soc. a O.S.S.A.(476) 255,86

y cuando se pague:

255, 86 (476) a bancos (572) 255,86

¿Es correcto todo lo que planteo para saber qué tengo que pagar de autónomo y cómo se contabiliza?

Muchas gracias.

saludo2

De la base de cotización no te puedo decir. En cuanto a la contabilización, si el autónomo es el titular del negocio si que está bien planteado el asiento.

TE rogaría que no enlazaras preguntas. Cuando terminemos un tema, termina la pregunta e inicia una nueva, si lo necesitas. Tengo muchas preguntas y me cuesta mucho seguir el hilo de las cosas si vamos encadenando una conversación.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas