Dudas autónomo.

Te agradecería me indicaras a ser posible los gastos que puedo desgravar como autónomo.
Para trabajar necesito desplazarme en coche al lugar de trabajo (los barcos).
La gasolina, tickes de autopista, tickes de comida, etc. ¿los debo computar como iva soportado en el libro de gastos?
¿Son gastos que se puedan desgravar en IRPF?.
¿Hay algún documento que aclaré mis dudas?

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Respuesta
1
Necesito más datos, de momento:
1) ¿Estás en estimación directa?
2) Cual es tu actividad.
3) Tienes empleados
4) Facturas como autónomo o tienes una sl de la que eres titular y por tanto estás como autónomo
...
De momento con eso empezamos a mirar para ver que hacemos, de todas formas el libro de referencia en principio es el manual de irpf que distribuye hacienda...
Espero tu contestación
Un saludo
Manuel
[email protected]
No estoy seguro de que te haya llegado mí pregunta, por esto te la reenvío. Perdona si ya la recibiste antes.
De antemano muchas gracias por la prontitud de respuesta.
Perdona por no haber sido más claro.
Aclarando:
-Me encuentro en estimación directa simplificada con el epígrafe 321, y sin empleados. Facturo como autónomo dependiente, es decir, la totalidad de la facturación va a una empresa que me realiza los pedidos de servicios, los cuales se realizan a bordo de los barcos y consiste en la reparación de los equipos de navegación en general. Para ello necesito desplazarme en coche y ello genera sus correspondientes gastos.
Espero que todo esto te sirva un poco más. Te reitero mi agrdecimiento.
Me imagio que la puntuación te la tendré que dar en la próxima respuesta.
De antemano muchas gracias por la prontitud de respuesta.
Perdona por no haber sido más claro.
Aclarando:
-Me encuentro en estimación directa simplificada con el epígrafe 321, y sin empleados. Facturo como autónomo dependiente, es decir, la totalidad de la facturación va a una empresa que me realiza los pedidos de servicios, los cuales se realizan a bordo de los barcos y consiste en la reparación de los equipos de navegación en general. Para ello necesito desplazarme en coche y ello genera sus correspondientes gastos.
Espero que todo esto te sirva un poco más. Te reitero mi agrdecimiento.
Me imagio que la puntuación te la tendré que dar en la próxima respuesta.
En principio al estar en régimen de estimación directa tu te podrías deducir todos los gasto e IVA soportado por el ejercicio de la actividad, es decir gasolina, renting de vehículo en la parte que destines a la actividad, alquiler de la oficina si dispones de ella, o en el caso que sea tu propio domicilio podrías deducirte la parte que destines a la oficina...
En este tema hay un montón de cosas que puedes hacer para deducirte, pero lo primero que debes hacer es pedir un manual de IRPF en hacienda, ir al capítulo de estimación directa y verás la cantidad de cosas que te puedes deducir y que posiblemente no hayas hecho, si tienes dudas por supuesto me puedes preguntar, pero también te aconsejo utilizar el teléfono. De hacienda consultas IRPF (es 901 33 55 33), dónde te pueden aclarar bastantes de las dudas más habituales.
Espero haberte ayudado, de todas formas lo de siempre si te ha quedado algo poco claro dímelo y lo reviso
Un saludo
Manuel
[email protected]

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