Otras instalaciones

Tengo un duda ya que he recibido una factura de PARSI, S.A. Correspondiente a la instalación de los pulsadores de alarma contra incendios.
¿Debería contabilizar esta factura a la cuenta 225 (otras instalaciones) y como contrapartida de esta cuenta cuál debería poner? (523) o (410)
También querría saber cuantos años fija la ley para amortizar este tipo de bienes.

1 Respuesta

Respuesta
2
Se establece para las INSTALACIONES DE SEGURIDAD, DETECCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS un porcentaje máximo de amortización de 12% y un máximo de 18 años. Los pulsadores de alarma los considero dentro de esta categoría como sistema de seguridad, y el asiento sería:
225 - Instalaciones de alarma contra incendios,
472 - HP, IVA repercutido
A 523 - Proveedores de inmovilizado a corto plazo.
A 173 - Proveedores de inmovilizado a largo plazo.
El importe de los vencimientos inferiores a un año irán a la cuenta 523 y el resto a la 173.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas