¿Puede un terreno rústico ser edificable si está registrado a nombre de una sociedad?

Estoy interesado en comprar un terreno rústico de casi 5000 m2 y el dueño me dice que la finca es edificable porque pagó casi 6000 euros por un permiso de edificación y lo registró bajo el nombre de una sociedad, que aunque no lo menciona en su mensaje, yo encontré por mi cuenta y tiene como objeto social la compraventa y restauración de inmuebles,

La pregunta es si un terreno rústico puede pasar a ser edificable si se registra bajo una sociedad de ese tipo. Pensaba que sólo se podía edificar - y con restricciones en cuanto a superficie - en ciertos casos, como registrándote como agricultor con fines agrícolas o ganaderos y vivir exclusivamente del campo estableciéndote allí.

Otra pregunta. ¿En el terreno existe una cuadra en ruinas que supongo se podrá reconstruir sin pedir licencias ya que supuestamente ya tiene el permiso de edificación no?

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De forma general las fincas rusticas solo permiten la construcción de pequeñas edificaciones relacionadas con la actividad agrícola o ganadera de la finca. Se puede edificar una pequeña vivienda siempre que sea la vivienda en la que el propietario o parte del personal de la finca viva o trabaje.

Que la finca esté a nombre de una propiedad no implica que se pueda construir. La edificación está regulada pro las normativas urbanísticas del planeamiento correspondiente a su localidad. Puede acercarse a su ayuntamiento para comprobar la normativa que le afecta y las condiciones de edificación concretas -varían con los diferentes planeamientos-

Aunque haya una cuadra en ruinas cualquier obra de edificación o rehabilitación necesita una licencia de obras emitida por el ayuntamiento correspondiente. Le aconsejamos que se dirija a su municipio para saber exactamente los trámites a cumplimentar.


http://www.08023.es/ [email protected]/

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