Tengo que retranquear la puerta de un local nuevo en Madrid?

Voy a abrir una clínica de 60 m2 en un local diáfano de Madrid. ¿Tengo qué retranquear la puerta de entrada? Un arquitecto me dijo que sí y otro que no porque al tener capacidad menor para 50 personas, no estoy obligado por normativa, ni siquiera de contra incendios y por tanto puedo poner una puerta a ras de la fachada y que se abra hacia dentro. ¿Es cierto? Si es así, ¿Algun experto me puede adjuntar la normativa que lo diga?

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La apertura de puertas hacia afuera es por norma de contra incendios nacional, en principio no es necesario, pero luego tiene que mirar las Normativa complementaria de su comunidad, la ordenanza particular de Madrid, la accesibilidad de minusválidos, etc... lo mejor es que consulte directamente en la OPI que le corresponda, aunque supongo que el técnico que le prepare el proyecto ya se encargará de consultarlo, porque tiene usted mucha normativa que cumplir CTE, RITE, REBT, etc...

Si tiene dos que opinan diferente puede ser porque uno conozca toda la normativa y otro no, si sigue buscando en internet obtendrá lo mismo, quien diga una cosa u otra.

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