Plazas de minusválidos en un garaje comunitario privado

Soy propietaria de una plaza de garaje en un aparcamiento privado en Madrid. El aparcamiento consta de una única planta, subterránea de un edificio de viviendas construido hace unos 50 años. Los propietarios de las plazas no somos propietarios de las viviendas del mismo edificio. Hay unas 60 plazas de automóviles y unas 8 plazas de moto. Aunque hace ya muchos años (más de 20) que se han comprado y vendido plazas de garaje entre particulares y se ha estado usando este local como garaje privado, parece que no estaba "legalizado" (no sé si uso el vocabulario adecuado) en su totalidad como tal. Hace algunos años que se iniciaron los trámites para la adecuación de este local a la legalidad vigente. Entre otros cambios, se han marcado 3 plazas de minusválidos, a partir de 6 plazas de aparcamiento individuales, sin conocimiento ni autorización de sus propietarios. Me explico: dos plazas contiguas, de distintos propietarios, han sido consideradas como una única plaza para minusválidos (afectando a 6 plazas que ahora quieren considerar como 3 de minusválidos).

Estoy segura de que esta forma de proceder es completamente irregular e ilegal. Me gustaría conocer la normativa, si es que existe, que obliga a establecer plazas de garaje para minusválidos en un aparcamiento privado; sus dimensiones, situación con respecto a entradas y salidas... Tengo que defenderme.

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Respuesta

Tal y como dice, se trata de un asunto totalmente irregular. No es normal lo que me cuenta como no es normal que se apliquen las "normativas" con efecto retroactivo.

También es cierto que lo que están proponiendo supone, ni más ni menos, que un cambio en la división horizontal de la finca donde está el garaje lo que, además de los costes ( muy importantes) requiere la aceptación de todos los propietarios.

Le ruego se ponga en contacto con un arquitecto de Madrid, que trabaje allí y sepa de primera mano lo que ocurre con las ordenanzas y su aplicación porque más parece un acto individual de alguno de los propietarios que una actuación con algo de lógica.

Siento no poder informarle mejor.

Un cambio en la división horizontal, qué es? Se refiere a la "redistribución" de plazas?

La división horizontal de una finca en otras más pequeñas es lo que fundamenta las escrituras de propiedad de los dueños de éstas. Supone considerar toda la superficie del sótano, establecer cuantos metros le corresponden a cada vecino, inscribir las propiedades en el registro de la propiedad y los coeficientes de participación proporcionales de cada uno de ellos. Vamos, lo que se hace cuando se construye el edificio de obra nueva. Unos trámites laboriosos y costosísimos.

Como comprenderá, si cambia el número de plazas, cambian las superficies y cambiarán también los metros que corresponden a cada propietario.

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