Impugnar acta de reunión
Hola:
Hemos asistido a todas las reuniones de comunidad de propietarios desde que lo somos hace 11 años. A la última reunión no pudimos asistir por un siniestro con el coche, la segunda convocatoria era a las 19.30 y llegamos a las 20.14. No había nadie en la reunión y ademas nos encontramos con la presidenta hasta el momento que había llegado a las 20.05 y que tampoco se había encontrado a nadie. Al llegar el acta nos encontramos con se ha tomado una decisión que no estaba en el orden del día y que afecta directamente a nuestro piso (solo afecta a algunos pisos de la comunidad).
El hecho es que en el acta aparece que si estaba la presidenta (cosa que no es cierta) y ademas solo 1 vecino de los 2 que asistieron tenia voto (el otro tenia deudas).
Queremos, obviamente, impugnar el acta y nos gustaría saber como tenemos que hacerlo y que base jurídica hay para ello.
¿Podemos pedir que se revoquen las decisiones tomadas por 1 voto (coeficiente 4,2 de toda la comunidad) o tenemos que llegar a la vía judicial?
Muchas gracias.
Hemos asistido a todas las reuniones de comunidad de propietarios desde que lo somos hace 11 años. A la última reunión no pudimos asistir por un siniestro con el coche, la segunda convocatoria era a las 19.30 y llegamos a las 20.14. No había nadie en la reunión y ademas nos encontramos con la presidenta hasta el momento que había llegado a las 20.05 y que tampoco se había encontrado a nadie. Al llegar el acta nos encontramos con se ha tomado una decisión que no estaba en el orden del día y que afecta directamente a nuestro piso (solo afecta a algunos pisos de la comunidad).
El hecho es que en el acta aparece que si estaba la presidenta (cosa que no es cierta) y ademas solo 1 vecino de los 2 que asistieron tenia voto (el otro tenia deudas).
Queremos, obviamente, impugnar el acta y nos gustaría saber como tenemos que hacerlo y que base jurídica hay para ello.
¿Podemos pedir que se revoquen las decisiones tomadas por 1 voto (coeficiente 4,2 de toda la comunidad) o tenemos que llegar a la vía judicial?
Muchas gracias.
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