Problemas con una vecina a cuenta de la limpieza

Tengo una vecina que se queja por que sacudo las alfombras por el balcón aunque antes he pasado la aspirado por encima. Solo las sacudo para levantar el pelo. Dice que le mancho pero ella hace lo mismo quisiera saber si hay alguna normativa o un horario establecido en la ley de propiedad horizontal
Respuesta
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La ley de propiedad horizontal no contempla este tipo de normativa, en este supuesto se aplica la normativa municipal, que normalmente, prohíben sacudir por las ventanas. No se suelen aplicar sanciones ni nada por el estilo y mucha gente sacude alfombras, mopas... etc sin ningún problema.
Con lo cual si ella también sacude está incumpliendo la normativa exactamente igual. ¿Solución? Realmente complicado, ella puede presentar una queja en el ayuntamiento y usted podría hacer lo mismo y así infinitamente.
Siento no poder ayudar más.
En el ayuntamiento no hay una normativa para esto solo hay para los horarios de ruido
El ayuntamiento recoge normalmente esta situación en la Ordenanza de limpieza, he estado comprobando por internet en algunas web de ayuntamientos por si acaso y lo suelen especificar tal cual, sacudir alfombras, prendas o cualquier... blablabla así como regar plantas... etc.
En unos lugares lo prohíben por completo y en otros fijan un horario, por ejemplo en zaragoza lo permiten de 24h a 7h en verano y de 24h a 8h en invierno, en murcia de 23h a 7h, en Burgos de 7h a 10h...
Ya he mirado en mi ayuntamiento no ha normativa para eso solo hay normativa para el horario de ruido
La ley de propiedad horizontal no especifica nada para este caso concreto, simplemente indica que no es posible realizar actividades que:
1. Estén prohibidas en estatutos (normalmente tampoco hacen referencia, aunque puedes comprobarlo
solicitando una copia al administrador o bien pidiéndola en el registro
de la propiedad)
2. Resulten perjudiciales para la comunidad
3. Se considere una actividad molesta, insalubre, nociva... etc
Le dejo el siguiente enlace donde puede comprobar lo que le digo: http://noticias.juridicas.com/articulos/45-Derecho%20Civil/200210-1855914910212861.html

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