Ventana en el trastero del sótano

Somos tres vecinos y tenemos un trastero cada uno en el sótano del edificio, y un propietario ha abierto una ventana en el suyo en la pared de la bajada de escalera, sin que se le autorizara en ninguna reunión, solo le pregunto al otro vecino y a mi que era la presidenta no se me comunico nada, por lo que se hizo una reunión y se le comunico a este vecino que tenia que cerrar la ventana, lo cual consta en acta firmada por los tres, y haciendo constar que si no la cerraba se le denunciaría, debiendo de hacerlo el presidente entrante, el cual no efectúo la denuncia, se volvió a nombrar a un nuevo presidente que es el doliente, en cuyo acta se le vuelve a reclamar el cierre de la dicha ventana y claro tampoco se produce denuncia ni cierre de ventana, y ahora me nombran de nuevo presidenta y quisiera ser como poder efectuar la denuncia y si es posible, ya que todas las actas de reclamación están firmadas por ls tres vecinos.

1 respuesta

Respuesta
1
Como presidenta, envíe burofax en el que se especifique que "en virtud del acuerdo adoptado en la Junta con fecha tal..., etc, se le encomienda al cierre de la ventana abierta... l en el plazo de 15 días a contar desde el recibo de esta notificación. Si endicho plazo no ha procedido a reponer la pared en su estado precedente, se procederá a denunciar en los tribunales civiles... Más o menos esto es lo que debe contener. El plazo comienza a contar desde el momento que a Ud. como presidenta le llega el acuse de recibo (o no) del burofax; aunque no lo recoja, su validez es la misma.
Quisiera saber que tiempo hay de plazo desde la fecha del acta para que prescriba, si es que prescribe, y si esto ocurriera seria posible en una nueva reunión poder poner el punto en el orden del día y proceder desde esta nueva fecha o solo podría denunciar como particular y no como comunidad. Gracias.
Los acuerdos no caducan ni prescriben, a no ser que por la propia naturaleza del acuerdo así se establezca en el mismo (engalanar la casa por la boda real, pasada la boda, caducado el acuerdo); para lo que hay plazo es para impugnar los acuerdos, un mes desde la comunicación del mismo. Así que si nadie ha impugnado, puede seguir adelante con la reclamación.
Si quisiera volver a tratarlo pueden hacerlo pero también le comento que mientras uno solo de los propietarios, ud. en este caso esté en contra de la alteración de los elementos comunes, tiene que reponer a su estado la pared; ganado lo tiene, ahora lo importante es qué camino va a tomar el vecino infractor, el corto y atenerse a razones o el largo y verse en la obligación de acudir a los tribunales.
Suerte en cualquier caso.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas